Contenido creado por Gerardo Carrasco
Curiosidades

Amistades peligrosas

Tras 10 años de litigio, tribunal obliga a ganador de lotería a compartir premio con amigo

Ocurrió en España. Se consideró probado que ambos hicieron la apuesta juntos y que el portador del boleto se quedó con el dinero.

29.12.2022 11:12

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2022-12-29T11:12:00-03:00
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El Tribunal Supremo de Justicia de España obligó al ganador —en 2013— de un boleto de la Lotería Nacional, premiado con 125.000 euros, a compartir a medias el dinero con un amigo, con el que, según se ha podido demostrar, compró el décimo de forma conjunta.

Según informa la agencia noticiosa EFE, dicho tribunal ratifica una sentencia anterior de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en la que se confirmaba que el acusado era autor de un delito de apropiación indebida y por lo tanto se le imponía la pena de un año y medio de cárcel y la obligación de devolver 50.250 euros a su compañero.

A esta cantidad se le deben sumar los intereses a contar desde la reciente notificación de la sentencia del Supremo.

Durante los casi diez años que duró el litigio, sucesivos tribunales consideraron demostrado que entre el 7 y el 11 de diciembre de 2013 los dos hombres adquirieron en una estación de servicio de la localidad de San Isidro una participación del sorteo de Navidad. El boleto se lo quedó el ahora condenado, mientras que su amigo firmó en el reverso con un bolígrafo que le pidió a uno de los trabajadores del establecimiento.

Cuando el numero resultó premiado, el hombre que guardaba el décimo aprovechó esta circunstancia y no respetó el acuerdo verbal con su compañero, por lo que procedió a cobrar la totalidad del premio por medio de una transferencia bancaria.

Desde un primer momento, se negó rotundamente a compartir la cantidad ganada, que ascendía a 100.500 euros una vez se le descontaron 24.500 en impuestos estatales estipulados.

De acuerdo con el citado informe, los magistrados otorgaron plena credibilidad a las declaraciones de la víctima. Además, resultaron decisivas las declaraciones de una mujer y un hombre que trabajaban en la estación de servicio el día de los hechos. Ambos coincidieron al relatar que demandante y demandado jugaron juntos en una máquina tragamonedas y obtuvieron algo de dinero. Luego —y también juntos— usaron esa suma para adquirir el número de lotería.

Asimismo, se consideró que la firma estampada en el billete tiene rasgos que permiten sostener que fue el denunciante quien la realizó.

En la sentencia se califica de “elucubraciones” las explicaciones ofrecidas por el acusado sobre cómo la rúbrica fue plasmada en el reverso del décimo, según dijo, sin su conocimiento ni consentimiento.

Por el contrario, se da por demostrado que la firma fue trazada en su momento por el estafado para dejar constancia de su participación en la compra del número.