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El Ministerio de Salud Pública (MSP) reanuda este jueves la vacunación a menores de 13 años contra el covid-19, luego que el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Sexto Turno revocara la sentencia del juez Alejandro Recarey que ordenaba la suspensión provisoria de la inoculación a niños.
En la página web del MSP se puede acceder al listado de vacunatorios pediátricos con día y horario de atención para recibir la dosis contra el covid-19. No se realiza agenda previa para poder inocularse.
En coordinación con @chlaep este jueves se retoma la vacunación contra Covid-19 en menores de 5 a 11 años sin agenda en los siguientes vacunatorios:https://t.co/yxtTlqlhRt@LuisLacallePou @DrDanielSalinas @AlvaroDelgadoUy
— Jose Luis Satdjian (@JoseSatdjian) July 26, 2022
Están disponibles vacunatorios fijos y móviles en todo el país. Entre las 9:30 y las 15:30 de este jueves, la Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa y de Enfermedades Prevalentes (CHLA-EP) recorrerá con sedes móviles distintos varios suministrando la vacuna antigripal, las del esquema de vacunación y todas las dosis de covid-19, incluida la inmunización pediátrica.
La @chlaep continúa recorriendo los barrios.
— MSP - Uruguay (@MSPUruguay) July 27, 2022
Los vacunatorios móviles disponen de:
?? vacuna antigripal
?? vacunas del esquema de vacunación
?? todas las dosis de COVID-19, incluso la vacuna pediátrica pic.twitter.com/io1OQXUI7n
El juez de feria de lo Contencioso Administrativo Alejandro Recarey había ordenado suspender provisoriamente la inoculación a menores de 13 años el pasado 7 de julio, tras el recurso presentado por el abogado Maximiliano Dentone. El fallo resolvía suspender la vacunación, bajo apercibimiento de desacato, hasta no se cumplieran ciertos condicionamientos.
El Gobierno presentó un recurso de apelación cuatro días después, el 11 de julio. Para dicha apelación trabajaron equipos jurídicos de Presidencia y del Ministerio de Salud Pública (MSP).
En su fallo, el Tribunal de Apelaciones revocó “la sentencia definitiva de primera instancia impugnada” y ordenó que “en su lugar desestímese la demanda en todos sus términos”.
En estos casos, no es posible cesar la sentencia, es decir, apelar el fallo del Tribunal de Apelaciones ante la Suprema Corte de Justicia. Por este motivo, la resolución de segunda instancia queda firme.
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