“A partir de este año los grupos de alimentos que no estén recomendados por MSP no podrán ser vendidos en quioscos ni cantinas en los centros educativos”, informó el Ministerio de Salud Pública a través de un comunicado difundido a través de su cuenta de Facebook.
La medida cumple con lo dispuesto en la Ley n.°19140, de alimentación saludable en centros educativos
“Los alimentos y bebidas que presenten octógonos en el frente del envase que indican exceso no pueden venderse en centros educativos. Tampoco se permite realizar allí publicidad, promoción o patrocinio de los productos”, añade el texto.
La medida fue vista con buenos ojos por organizaciones que trabajan desde hace años en el tema, aunque coincidieron que es necesario ir más allá y profundizar las acciones.
Alejandro Girona, miembro del Observatorio del Derecho a la Alimentación de la Escuela de Nutrición de la Universidad de la República, dijo en declaraciones a La Diaria que esta regulación es “parte importante” del proceso de alimentación de los menores.
Pese a ello, consideró también que se trata de una más de varias “medidas aisladas, que si bien ayudan”, sin un “plan nacional de seguridad alimentaria que contemple una visión más integral, pierden efecto”.
La normativa afecta solo a los untos de venta situados dentro de las instituciones educativas, pero no tiene ningún efecto sobre los comercios situados en sus alrededores.
“Cuando haya un plan a largo plazo se van a poder medir mejor los resultados”, expresó Girona.