Así como en 2017 la noticia de la existencia de un cedulón generalizado corrió con la velocidad que lo hacen las tragedias, este 26 de mayo en Verdisol alcanzó rápidamente todos los rincones la novedad de que la demanda de reivindicación que les había entablado la empresa Cobluma SA, antigua constructora dueña del complejo de viviendas cerca de los accesos a Montevideo, no había prosperado.
Es decir: los cinco años de incertidumbre y miedo al desalojo de las casas que habitan hace 20, 30 años o más, súbitamente se transformaron en alegría y, sobre todo, alivio.
El juez Gustavo Iribarren rechazó la demanda bajo el argumento de la “improponibilidad” y dio lugar así a uno de los planteos de la defensa, que sostenía que el reclamo debía hacerse casa por casa y no de forma generalizada, ya que el padrón original no existe más como tal.
“Primero, cuestionamos la manera en que se habían notificado: por publicaciones en el diario, y no a cada persona por nombre y apellido. Las razones que daban desde la empresa eran que era imposible notificar a todos por ser un volumen inalcanzable de personas. Planteamos otra defensa, que fue en definitiva acogida por el juzgado, que es la que se denomina ‘manifiesta improponibilidad’ de la demanda: es cuando la demanda no se puede plantear en esos términos”, explicó Juan Ceretta, abogado y docente del consultorio jurídico de Udelar que defendió a un grupo de vecinos. “Esta defensa no suele ser de fácil acogida; son bastante prudentes los jueces al entender que una demanda es improponible”, agregó Ceretta en diálogo con Montevideo Portal.
En la sentencia, el juez Iribarren plantea: “Habiéndose desmembrado el padrón matriz en padrones individuales jurídicamente diversos a aquel, fácilmente identificables, y económica y socialmente independientes, si Cobluma SA pretendía reivindicar la totalidad de las unidades resultantes del régimen de propiedad horizontal, le resultaba imprescindible determinar cada uno de ellos con la precisión debida”.
“Los más viejos siempre tuvimos la certeza de que ganaríamos”, dice Beatriz, que forma parte de uno de los grupos organizados con abogados para hacer frente al reclamo de la empresa que busca recuperar un terreno perdido a fines de los 80. De todas maneras, los vecinos saben que la sentencia es en primera instancia y son cautelosos ante posibles apelaciones o nuevas acciones.
En efecto, Alejandro Pintos, del estudio de abogados Ferrere, adelantó a Montevideo Portal que la empresa que patrocina va a apelar este fallo.
“La sentencia no consideró que los ocupantes tenían derecho a estar en las unidades, solo rechazó el reclamo porque entendió que debía haberse indicado cada unidad y sus ocupantes. Por otra parte, la propia Intendencia de Montevideo y otros organismos no han habilitado el edificio como propiedad horizontal. Por tanto, no se puede exigir a esta parte considerar que el edificio está en ese régimen a la hora de reivindicar”, argumentó Pintos.
Además, el abogado de Ferrere recordó que en su momento el propio juzgado advirtió que era materialmente imposible identificar cada unidad y sus ocupantes, y opinó que “constituye denegación de Justicia ahora admitir lo contrario”.
La empresa apelará el fallo de Iribarren bajo el entendido de que no se laudó el fondo del asunto y que el juzgado debería haberles proporcionado un funcionario que “a tiempo completo identificara todas y cada uno de las unidades y sus ocupantes, lo que en el pasado entendió imposible materialmente”.
Un poco de historia
Cobluma, “prestigiosa y pujante empresa constructora” en 1970 y 1980, colapsó debido a un “acto criminal” —la usurpación de Verdisol— y la “desidia del Estado uruguayo”, según el texto de la demanda que años atrás publicó Qué Pasa de El País.
Esta historia se cuenta distinto según la versión que se tome. La de la empresa es que a fines de 1987 había dos complejos de viviendas próximos a finalizar, Millán y Verdisol; a Millán solo le faltaba el final de obra y ya se habían entregado viviendas, y Verdisol tenía un grado de avance cercano al 95%. Pero cuando debieron parar por la licencia de la construcción, una especie de malón enardecido burló la vigilancia de los serenos y ocupó el complejo en tan solo un mes.
El gobierno de la época decidió no desalojar a los ocupantes, y el Banco Hipotecario del Uruguay se comprometió con Cobluma SA a buscar una salida que nunca llegó. Sin ingresos genuinos, la empresa quebró.
En cambio, los vecinos aseguran que en Verdisol no hubo tal ocupación masiva. Muchos de ellos eran promitentes compradores que aún conservan sus documentos; algunos tenían que entregar sus casas de alquiler y por eso se mudaron aunque no estuvieran las viviendas terminadas. Otros pagaron a intermediarios por lo que consideraron su “derecho a vivir” allí, y ocuparon con la expectativa de poder regularizar su situación.
Pero la trama es más compleja, porque Cobluma entró en conflicto con el BHU por el préstamo no cobrado. Los vecinos sostienen que la firma “nunca puso un peso” en el banco; por su parte, la empresa asegura que se les cobraron cuotas por el complejo Millán y, además, entiende que se tiene que contemplar lo que el BHU debería haber cobrado por Verdisol si no fuera porque el Estado frenó el desalojo.
Con el paso de los años, Verdisol creció en base a construcciones precarias, viviendas de Techo y del Plan Juntos. En el complejo, del tamaño de varios pueblos uruguayos, hay escuela, CAIF, policlínica, carnicería, peluquería, panadería, supermercados, pizzería.
En 2010 la empresa entró en la lista de deudores de la Agencia Nacional de Vivienda y años después se remataron sus bienes. Con la pretensión de no perderlo todo, en julio de 2017 Cobluma SA inició este juicio civil para reivindicarse dueña de Verdisol, aunque afirman que nunca fue su intención sacar de allí a sus habitantes.
Ahora, con este fallo, enfrentan otro revés inesperado.
Un “gran resultado”
Para Ceretta, que defendió a una parte de los vecinos, la sentencia de Iribarren constituye “un gran resultado”.
“Luego de un año prácticamente de trámites, idas y venidas, y de un plazo que se estableció como para ver si se encontraba una solución conciliada entre la empresa y el BHU, que eran los del problema original, llegamos a esta audiencia en donde, como no hubo ningún acuerdo, se tenía que resolver en las defensas previas. Y dentro de estas defensas previas para nosotros fue una satisfacción escuchar que se hacía lugar a la manifiesta improponibilidad de la demanda, y se rechazaba primariamente”, dijo Ceretta.
El abogado sostuvo que para los vecinos significa poner fin, al menos primariamente, al riesgo de desalojo. Y para los estudiantes del grupo 14 del consultorio jurídico, este juicio representaba un “desafío intelectual” por tener que enfrentarse “a los colegas más prestigiosos del foro”.
“Acá teníamos a uno de los estudios más grandes y prestigiosos defendiendo a la empresa; teníamos abogados de distintos organismos estatales, como el BHU o la ANV, en un tema vinculado a la construcción de viviendas, es decir, en el que ellos son expertos”, insistió Ceretta.
Y concluyó: “Es cierto que esta sentencia es de primera instancia, que se puede apelar; estaremos a ver qué pasa con la apelación, pero es un gran resultado para nosotros”.