Este lunes se registró la primera situación de la entrada en vigor de la nueva ley de internación compulsiva (ley 20.279), firmada la semana pasada y que establece la “prestación de asistencia obligatoria por parte del Estado a las personas en situación de calle” por varios motivos, informó El Observador y confirmó Montevideo Portal.

El pasado jueves 22 de agosto, el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, junto a los ministros de Salud, Karina Rando; Interior, Nicolás Martinelli, y Desarrollo Social, Alejandro Sciarra, aprobaron el decreto que reglamenta la nueva versión de la ley, que, además, establece el protocolo de acción de los distintos organismos para este tipo de intervenciones.

Este domingo 25 comenzó su implementación. Menos de 24 horas después, se dio el primer caso de internación compulsiva en la madrugada de este lunes en el Centro de Montevideo. Se trata de una mujer de más de 60 años, de complexión delgada y de baja estatura, que tiene un bulto en su cara. Esta se encontraba entre las calles 18 de Julio y Yi, en la puerta de un supermercado, al momento en que se definió la intervención.

De acuerdo con fuentes que trabajaron en territorio con ella, se encontraba en situación de calle al menos desde 2018, con una patología mental severa, y no adhería al tratamiento psiquiátrico proporcionado por salud pública (ASSE).

Según supo Montevideo Portal, en este caso no fue la Policía que contactó a la mujer, sino los equipos del Ministerio de Desarrollo Social, quienes detectaron que la mujer, con antecedentes de violencia, comenzaba a ponerse ansiosa.

Los propios técnicos del Mides dieron aviso al equipo de ASSE; estos le suministraron medicamentos y decidieron su internación contra la voluntad de la paciente. Fue trasladada al hospital Maciel.

Hasta la aplicación de la ley, la internación compulsiva solo se daba en caso de acreditar riesgo de graves enfermedades o de muerte. Con el cambio normativo, las autoridades pueden retirar a alguien de la intemperie si esa persona tiene su “capacidad de juicio afectada, como consecuencia de una descompensación de su patología psiquiátrica o por consumo de sustancias psicoactivas”.

También se aplica cuando se determine la existencia de riesgos para la persona misma o para un tercero. La normativa asegura que el fin es “proteger y salvaguardar la salud y la vida de las personas en situación de intemperie completa”.