Contenido creado por Valentina Temesio
Política

Punchi, punchi

Un litro de agua gratis por asistente a shows: el proyecto que presentaron ediles blancos

Nicolás Botana y Eric Spektor proponen que la IM descuente tributos a los organizadores mediante lo recaudado por impuestos.

31.05.2024 19:01

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2024-05-31T19:01:00-03:00
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Los ediles blancos Nicolás Botana y Eric Spektor presentaron un proyecto en la Junta Departamental de Montevideo que pretende que los asistentes a espectáculos reciban un litro de agua gratuita.

El proyecto, que tiene “el fin de abordar una problemática que claramente es multicausal”, prevé agregar “al Digesto Departamental en el artículo R 1718.7 la dotación para el consumo de agua potable en espectáculos públicos y espectáculos públicos bailables”.

“En esta minuta pretendemos crear y formalizar el espacio de punto de hidratación en espectáculos públicos y espectáculos públicos bailables, no solo por la necesidad de concientizar sino de reivindicar la importancia y la necesidad del consumo de agua potable en los espectáculos públicos organizados y/o fiscalizados por la Intendencia de Montevideo (IM)”, señala el documento.

Así, los ediles argumentan que en el último año la IM recaudó, por impuesto a espectáculos públicos, una cifra superior a $ 111 millones de pesos, por lo que solicitan que “el descuento de dicho tributo por el monto de la compra de agua embotellada a los responsables solidarios de abonar dicho impuesto”.

“Creemos que es importante generar estas normas como mecanismos de prevención y control de daños a hechos graves de salud asociados al consumo problemático de drogas”, expresó Botana, hijo del senador blanco Sergio Botana.

En esta línea, el proyecto impulsado por Spektor y Botana sostiene que “las políticas de prevención y control de daños han demostrado ser efectivas a la hora de prevenir hechos graves de salud asociados al consumo problemático de drogas y a las altas temperaturas”.

En esta línea, los ediles blancos señalan que “es claro que esta es una discusión viva en el mundo”, ya que “son constantes los debates parlamentarios, académicos y públicos que contrastan visiones en torno a cuál debe ser la manera de combatir estos fenómenos”.

En lo que respecta al marco jurídico, los curules blancos expresan que “son varias las normas de carácter nacional y departamental que se refieren a las políticas de control de daños vinculados con el acceso gratuito al agua potable”.

Por ejemplo, señala el documento, “el artículo N.° 44 de la Constitución, en conjunto con disposiciones constitucionales asociadas a la materia departamental, otorgan un marco jurídico en lo que tiene que ver con las cuestiones de salud e higiene pública”.

Por otro lado, mencionan la ley 19.855 sobre consumo problemático de bebidas alcohólicas y su posterior decreto reglamentario N.°63/020.

También, dentro del digesto departamental, citan el decreto N.º 36.615, que en su artículo 26 establece: “Será obligatorio en todos los locales alcanzados por la norma contar con la provisión gratuita y suficiente de agua potable en lugares accesibles al público. Idéntica obligación se establece en caso de la realización de actividades a que refiere el artículo 1° del presente decreto en instalaciones eventuales”.

“Sin embargo, a pesar de los esfuerzos normativos antes mencionados, es claro que nuestro departamento no ha logrado institucionalizar una política efectiva y constante en lo que tiene que ver con el acceso al agua potable como mecanismo de prevención y control de daños”, señalan en el documento.

Hace falta un mecanismo eficiente que asegure una política proactiva.

La propuesta implica disponer de puntos de hidratación en espectáculos públicos y espectáculos públicos bailables, que “deberán tener como cometido exclusivamente la entrega de agua embotellada para los espectadores”.

Así, dice el documento, “se entenderá por punto de hidratación lo dispuesto en el decreto nacional N.°63/020, inciso 3°”, que establece que “el organizador deberá tomar los recaudos necesarios para facilitar el acceso de los asistentes a los dispensadores de agua potable gratuita, colocando los mismos en lugares visiblemente identificados”.

Además, la propuesta sugiere la exoneración de impuestos de espectáculos públicos a los responsables “por el monto de la compra de agua embotellada para el punto de hidratación definido en el artículo anterior”.