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La Fiscalía Departamental de Carmelo, a cargo de la fiscal María Eugenia Rodríguez, condenó mediante juicio oral a un hombre por abusar sexualmente de su nieta, quien tenía 4 años al momento de realizarse la denuncia.
El hombre fue condenado a cinco años de penitenciaría.
La víctima le contó a su tía lo que le hacía su abuelo; ella le dijo que era un “secreto” y que su tía debía “jurar” que no se lo diría a nadie. Así, la tía “tomó conductas protectoras en acuerdo con la niña”, reza el comunicado difundido por el Ministerio Público.
La denuncia fue radicada en febrero de 2020. En ese momento, se impusieron medidas de no acercamiento ni comunicación del ahora condenado hacia la niña y hacia su mamá, prorrogadas hasta que “quedara ejecutoriada la sentencia final”.
De acuerdo con la investigación, el hombre abusaba de su nieta cuando cuidaba de ella en su domicilio, mientras la madre de la niña trabajaba. Esto se dio entre 2018 y 2019. “Surge también que, meses antes de la denuncia, la niña tenía problemas para dormir, se despertaba varias veces en la noche llorando, nerviosa. Se la veía agresiva con sus hermanas menores, tenía conductas de autoagresión y presentaba conductas sexualizadas, no acordes a su edad”, comunicó Fiscalía.
Estas conductas “ameritaron que la madre de la niña tramitara apoyo terapéutico”.
En tal sentido, los profesionales de la salud declararon en el juicio oral; uno de ellos, en relación con las mencionadas conductas que la niña mostraba, aseguró que se podrían evaluar “como sucesos postraumáticos”.
Durante el juicio también declararon su madre, tía y abuela. Fiscalía también utilizó como pruebas la declaración de peritos del Instituto Técnico Forense y las respectivas partidas de nacimiento de la víctima, su madre y su abuelo a los efectos de probar el parentesco entre víctima y delincuente.
Además de la condena por cinco años, el hombre fue inhabilitado a ejercer cargos, oficios públicos, derechos políticos, profesiones académicas, comerciales o industriales. También se le dispuso la suspensión de cargos u oficios públicos o profesiones académicas, comerciales o industriales.
Se dispuso también la pérdida o inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes o personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia. Esto incluye también el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, cargos públicos o privados en la educación o la salud.
Finalmente, se lo condenó también al pago de 12 salarios mínimos nacionales hacia la víctima.
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