La Justicia ordenó que la Universidad de la República (Udelar) y la Facultad de Ciencias Económicas y Administración deberán conformar una mesa de examen especial a un estudiante adventista, informó Búsqueda y confirmó Montevideo Portal.
La condena de la Justicia surge tras una acción de amparo del estudiante Wolfgang Ernst, de 21 años, para su “derecho a la educación, a la libertad de religión, a la igualdad y no discriminación”.
El joven cursa el primer año de la carrera de licenciatura en Administración de la Facultad de Ciencias Económicas y alegó que al momento de inscribirse en el centro de estudios “desconocía que algunas materias tienen como día asignado de exámenes y parciales el día sábado”.
Sin embargo, para Ernst eso fue un problema, ya que es miembro activo de una comunidad religiosa minoritaria denominada Iglesia Adventista del Séptimo Día, que dentro de sus doctrinas fundamentales establece “guardar el sábado como día Santo”.
“Para el compareciente participar de examen ese día sábado agrede su identidad y violenta los mandatos de su conciencia”, dice la acción de amparo.
En una primera instancia, el joven pidió cambiar la fecha de la prueba, pero el 12 de diciembre recibió la negativa “fundando el rechazo en similares situaciones y con una interpretación normativa que no respeta su libertad de cultos y le restringe el alcance de su derecho, vedándole la educación”, señaló la defensa del estudiante.
Además, la abogada Valentina Piquinela agregó la Facultad de Veterinaria, donde estudia la hermana de Ernst, sí ha contemplado la religión de la familia y ha accedido a reprogramar sus pruebas para que siga con sus estudios.
La Justicia ordenó el pasado viernes que el centro de estudios prepare una mesa especial para la materia Administración y gestión de las organizaciones 1 “en un plazo de cinco días hábiles”. Deberá ser “en las mismas condiciones” que la prueba que se realizará este sábado.
La condena señala que el armado de una mesa especial para el joven “no se trata de generarle una ventaja ilegítima al estudiante accionante, ni de hacer primar su interés particular sobre los generales, como tampoco de violentar la autonomía universitaria de raigambre constitucional y gran valor institucional, sino de garantizar los derechos humanos que protegen a un habitante de la República, joven y del interior, en el goce efectivo de sus derechos a la educación, libertad de pensamiento, religiosa y de culto, e igualdad de oportunidades”.
De este modo, la Justicia sostuvo que negarle al al joven religioso una mesa de examen es “una especie de discriminación positiva, mediante la cual la diferencia constituye el salvoconducto a la eficacia de las libertades”.
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