El pasado 21 de febrero, un joven disparó un rifle de aire comprimido —propiedad de su padre— a sus amigos en el balneario Iporá, en Tacuarembó. Dos de ellos fueron alcanzados por los proyectiles: uno en el brazo y otro en el tórax, quien quedó en estado delicado; si bien había sido trasladado a un centro de salud, Facundo Cuadro falleció allí poco más de un mes después, el 27 de marzo.

Luego de dos suspensiones, en la tarde del jueves 21 de abril se realizó la audiencia judicial que culminó con la formalización del joven de 18 años que disparó el rifle de aire comprimido. En esa instancia se lo formalizó por homicidio especialmente agravado y lesiones graves y, como medida cautelar, se dispuso prisión efectiva por 90 días, plazo durante el que se desarrollaría la investigación, según consignó el periodista local Marcos Pereira.

No obstante, este viernes el Tribunal de Apelaciones de Primer Turno en lo Penal —integrado por Alberto Reyes, Graciela Gatti y Sergio Torres— revocó la resolución judicial inicial y emitió un nuevo fallo. Así, se modificó la imputación de lesiones graves “por la de un delito de homicidio culpable, sin perjuicio de ulterioridades”, de acuerdo con la sentencia a la que accedió Montevideo Portal.

En esta línea, también se le revocó la prisión preventiva y se le dispuso cese inmediato de esta, tras haber cumplido casi un mes de tiempo allí. En su lugar, se dispuso “la extensión de las medidas cautelares admitidas en audiencia de formalización por 60 días” a partir de hoy, de acuerdo con el documento. “En los hechos, va a continuar con un arresto domiciliario”, comentó el defensor público penal de Tacuarembó, Joaquín Gamba.

El abogado de quien disparó la chumbera dijo a Montevideo Portal que el tribunal hizo “lugar a toda la argumentación” que realizó.