El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno ratificó la prisión preventiva determinada por la Justicia para el empresario acusado de narcotráfico Martín Mutio, según informó el director de Comunicación de Fiscalía, Javier Benech.
Mutio deberá permanecer preso hasta el 22 de diciembre. Así lo había determinado en junio la jueza de Crimen Organizado, Adriana Chamsarian, que había dispuesto la medida cautelar entendiendo que había riesgo de que el hombre, que se enfrenta a un proceso judicial por traficar un cargamento de 4,5 toneladas de cocaína a Alemania, podría darse a la fuga para evitar a la Justicia.
La defensa había apelado la decisión de la jueza que hacía lugar al pedido de la fiscal de Crimen Organizado, Mónica Ferrero.
“Si bien la fiscal planteó el argumento de riesgo de fuga y del entorpecimiento de la investigación, básicamente el argumento que recogió la jueza fue el del riesgo de fuga, teniendo en cuenta que se trata de una actividad de crimen organizado de varias toneladas de cocaína y que tiene las posibilidades económicas de fugarse, recayendo una condena de 15 años, es presumible el riesgo de fuga y, por tanto, se dispuso la prisión preventiva”, dijo Benech el pasado 23 de junio.
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno había resuelto, también en junio, que la jueza Chamsarian, quien absolvió en su momento a Mutio, fuera la encargada de decidir sobre una audiencia para pedir la prisión como medida cautelar.
Ferrero había hecho la solicitud para que el tribunal resolviera.
En primera instancia, Chamsarian se había declarado incompetente y argumentó que no podía resolver porque había sido ella quien había absuelto a Mutio, según informó en su momento El Observador.
El tribunal revocó el fallo inicial de Chamsarian que absolvía a Mutio y lo condenó a 15 años de prisión.
Dicho fallo, al que accedió Montevideo Portal, señala: “Revócase la sentencia de primera instancia Nº 51 de fecha 18 de agosto de 2022 y, en su lugar, se dispone: condénase a Martín Mutio Ballester Molina como autor penalmente responsable de un delito de violación al art. 31 del decreto ley Nº 14.294 en la modalidad de ‘exportación de sustancias estupefacientes’ en reiteración real con un delito continuado de lavado de activos en la modalidad de ‘conversión y transferencia de bienes’ a la pena de 15 años de penitenciaría”.
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