El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno confirmó la sentencia de 30 años de prisión para Jorge Lara, que asesinó a su hermana Giuliana y a su sobrino Mateo en enero de 2023.

En una primera instancia, la Fiscalía Departamental de Paysandú de 4° Turno había obtenido la condena del hombre como autor penalmente responsable por la comisión de un delito complejo de homicidio especialmente agravado por el parentesco, y muy especialmente agravado por concurso, por femicidio y por ocultar el delito y procurarse la impunidad, a la pena de treinta (30) años de penitenciaría, con descuento de la preventiva cumplida.

Sin embargo, la defensa de Lara apeló el fallo por “el cómputo de la agravante muy especial del homicidio del niño y de la nocturnidad, la pena impuesta y la imposición de las medidas de seguridad eliminativas”, informó la Fiscalía.

En este sentido, el Tribunal de Apelaciones, integrado por los ministros Adriana de los Santos Arigoni, Luis Charles Vinciguerra y Gabriela Merialdo Cobelli confirmó, por unanimidad, la sentencia de primera instancia, excepto en cuanto al cómputo de la agravante genérica de la nocturnidad.

Respecto al primer agravio, el tribunal señala que “emerge de la lógica de los hechos, sin hesitación que la muerte del niño la ejecutó para ocultar el homicidio anterior de su hermana y procurarse así la impunidad”.

Con relación a la segunda agravante, el tribunal fundamentó lo siguiente: “La muerte de G. ocurrió en horas de la noche, pero no porque fuera de noche, ya que el lugar en donde el acusado ejecutó su designio criminal fue el interior de la casa que ambos compartían. Por lo tanto, que fuera de noche en nada incidió en el resultado final; coadyuva con ello, que cuando dio muerte a su sobrino, así como cuando trasladó los cuerpos, era de día. Por lo tanto la circunstancia de la nocturnidad no configuró una facilidad temporal para cometer el homicidio de su hermana, no se favoreció de esa situación, resultando un aspecto totalmente ajeno al hecho ocurrido”.

Por último, el tribunal decidió no disminuir la pena de 30 años de penitenciaría así como también estima adecuadas las medidas de seguridad eliminativas impuestas, esto es, de 10 a 15 años.