La Suprema Corte de Justicia (SCJ) resolvió imponer al juez letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9º Turno, Alejandro Recarey, una suspensión en el ejercicio del cargo por 90 días, sin goce de sueldo, informó El Observador.
En la resolución, a la que accedió Montevideo Portal, los cinco ministros realizan un “reproche ético” al magistrado por “haber infringido los deberes éticos estatuidos por el Código Modelo de Ética Judicial Iberomericano de imparcialidad, cortesía y prudencia”.
“Entiende la Corte, por unanimidad, que la afectación del principio de imparcialidad en los términos consignados en la presente, importan asimismo un descrédito para la administración de la Justicia”, añade el documento, que además señala como agravantes “la jerarquía del cargo del doctor Recarey y la gravedad de los daños que pudieron ser causados a los usuarios del servicio de Justicia”.
“Los hechos probados destacan un accionar ajeno al normal comportamiento de cualquier persona y ello se acrecienta si se trata de un juez, puesto que no es ningún caso admisible el trato dispensado en la audiencia referida”, agrega el fallo.
En julio de 2022, Recarey resolvió como juez subrogante (durante la feria judicial) suspender la vacunación anticovid para niños menores de 13 años, tras una acción de amparo presentada por el abogado Maximiliano Dantone.
En agosto, el Tribunal de Apelaciones revocó la sentencia de Recarey tras un recurso presentado por el Ministerio de Salud Pública y envió el expediente SCJ para que fuera analizado.
Recarey fue notificado el 8 de agosto que se le abriría un sumario administrativo tras sus actuaciones, en principio “sin separación del cargo”.
En la resolución final, cuatro de los ministros entendieron que Recarey “incurrió en error inexcusable al otorgarle legitimación activa al promotor” y que el Estado actuó “con ilegitimidad manifiesta” en el suministro de vacunas contra la covid-19.
“Sin pretender considerar que al juez debe exigírsele una conducta más allá de lo razonable en cuanto al resto de los ciudadanos, sin duda debe entenderse que las características especiales de la función que cumple hacen que se espere —tanto por parte de los ciudadanos como de los funcionarios— una conducta moral y ética que lo distinga del resto y les sirva de ejemplo. A la luz de tales reglas de conducta, el doctor Recarey ha adoptado comportamientos muy alejados de las reglas éticas a las que debe ajustarse todo juez”, afirma la sentencia definitiva, que recuerda que “el magistrado, en el ejercicio de su función, es un magistrado, no un ciudadano común”.
“No se trata de juzgar estilos como refiere en su escrito de evacuación a la vista, sino de determinar si con su accionar incurrió en faltas, y por ende, en responsabilidad”, agrega la sentencia que advierte “desatinos y desaire del juez “en la manera de conducirse en la audiencia”.
En esta línea, se señala que Recarey ejerció “indebidas presiones sobre los testigos, violando los deberes de imparcialidad y cortesía, así como el de prudencia, pretendiendo dejar de lado la función judicial para transformarse en ciudadano, como si bastara con unas palabras para desprenderse del único papel que le corresponde a un juez en una audiencia y tomar partido por una de las posturas en debate”.
“Ello demuestra una clara conculcación del deber de respeto y cortesía que debe regir a todo magistrado, quien debe siempre moderarse con cuidado, autocontrol y cortesía, habida cuenta de su condición de titular de un poder del Estado y de la dignidad de la función que desempeña, extremos con los que Recarey no cumplió”, concluyeron los ministros.