"Con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones emanadas de la autoridad sanitaria en el marco de esta situación excepcional para el país y para la industria, las partes integrantes del consejo de salarios entienden necesario la suspensión preventiva de las actividades de trabajo del grupo 9 (subgrupo 01,02 y 03 industria de la construcción actividades complementarias), como única medida posible para dar cobertura sanitaria a los trabajadores de la construcción, su familia y el pueblo en general y dar cumplimiento a las directrices sanitarias dictadas por la OMS en general", expresa un comunicado emitido en las últimas horas por el Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos (Sunca).
El acuerdo contempla disponer de una licencia extraordinaria para los trabajadores del grupo 9, de 10 días hábiles comprendidos entre el 23 de marzo y el 5 de abril inclusive.
Asimismo, a partir del 6 de abril y hasta el 11 inclusive gozará el segundo periodo de licencia ordinaria establecida por convenio colectivo (trabajadores del grupo 9 sub grupo 01 y rama hormigón)
En cuanto al atendimiento a la necesidad de los trabajadores y sus familias, las partes acordaron el pago de una partida extraordinaria a todos los trabajadores que se encuentren de alta en el BPS al día 23 de marzo. La suma de esa partida será de 16.505,52 pesos.
Para los trabajadores incluidos en la ley 14411, (aportes sociales) el pago se realizará a través del BPS. Para los excluidos de dicha norma, el pago se realizará a través de las empresas.
La fecha del pago se confirmará con la firma del acuerdo final.
El resto de las obligaciones se mantienen en lo ya establecido (pago de salarios, licencia y vacacional).
Se conformó una comisión a los efectos de instrumentar una campaña de sensibilización sobre coronavirus, y otra comisión de seguimiento a los efectos de tratar de forma anticipada la situación posterior al 12 de abril.