El diputado colorado Ope Pasquet y el frenteamplista Gustavo Olmos coincidieron al rechazar la propuesta realizada por el exfiscal de Corte Jorge Díaz, que planteó días atrás una ley interpretativa del artículo 112 de la Constitución, para que los parlamentarios puedan ser civil y penalmente responsables por sus dichos en redes sociales.
El artículo 112 de la Constitución establece que “los senadores y los representantes jamás serán responsables por los votos y opiniones que emitan durante el desempeño de sus funciones”.
Tras un hilo realizado por Pasquet argumentando su desacuerdo con la propuesta, Olmos escribió: “Comparto la preocupación de Jorge Díaz es muy válida y atendible, pero no parece que el camino sea limitar los fueros de los legisladores”.
La publicación de Olmos provocó la respuesta de Díaz, que defendió su propuesta, pero, sin embargo, agregó que no tiene “ninguna esperanza de que el cuerpo limite o restrinja los privilegios de sus miembros”.
“Tato [Olmos], nadie propuso limitar los fueros de los legisladores, sino interpretar de forma auténtica un artículo de la Constitución, determinando el concepto ‘en el ejercicio de sus funciones’, para evitar que la inmunidad se transforme en impunidad para agraviar a los ciudadanos. Igual como ciudadano no albergo ninguna esperanza de que el cuerpo limite o restrinja los privilegios de sus miembros. Buen descanso”, le respondió Díaz al diputado frenteamplista.
Olmos, por su parte, citó el artículo 115 de la Constitución que permite a cada Cámara “‘corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducto en el desempeño de sus funciones y hasta suspenderlo en el ejercicio de las mismas’”.
“Se propuso aplicarlo a la senadora Bianchi, pero la coalición la respaldó”, agregó Olmos.
También el diputado de Cabildo Abierto Álvaro Perrone expresó su opinión en redes sociales ante el planteamiento de Díaz.
En esta línea, el legislador señaló: “Los responsables no son los legisladores, son quienes emiten las noticias falsas, ahí es donde hay que aplicar la pena. Las redes sociales son parte de la comunicación de un legislador, comunicar es parte de la función”.
La posición de Pasquet y Sotelo
El diputado colorado justificó su posición en un extenso hilo, que fue replicado, además de por Olmos, por el director del Servicio de Comunicación Audiovisual Nacional, Gerardo Sotelo, quien también escribió una columna de opinión para criticar la medida.
“¿Por qué limitar la disposición a las redes sociales? Los mismos argumentos valdrían para las columnas en la prensa, las declaraciones en los programas periodísticos, los discursos en actos callejeros, etcétera. Al final, solo habría inmunidad para hablar en Sala. Más aún: el legislador debe informar y explicar, desde su perspectiva, lo que hace o deja de hacer el Gobierno y lo que pasa en el mundo, en cuanto lo considere relevante para el país. Esto no se hace principalmente en Sala. ¿Cuántas personas leen los diarios de sesiones? El legislador que quiera que su opinión se conozca debe difundirla a través de los medios masivos de comunicación. A los fines de este comentario, incluyo en ese concepto a las redes sociales”, afirmó Pasquet.
Y añadió: “Si cuando opina sobre los asuntos públicos a través de la prensa o las redes sociales, el legislador no cuenta con la protección del artículo 112 de la Constitución, es evidente que se reducirán sus posibilidades de cumplir cabalmente con sus funciones y responsabilidades. Nadie niega que al amparo de la inmunidad que concede el art. 112 se cometen excesos. Sobre ellos debe caer el reproche político y social, pero no la condena judicial, si no se quiere menoscabar las garantías necesarias para el ejercicio de la representación política. Los representantes del pueblo tienen que poder hablar libremente de los asuntos públicos, sin temor a que poderosos intereses los demanden por sumas millonarias si osan molestarlos. Los excesos que se produzcan son el precio que hay que pagar para que la democracia representativa pueda funcionar a cabalidad. Del mismo modo, la libertad de expresión sin censura previa (artículo 29 Constitución) da lugar a abusos y excesos, pero no por eso vamos a renunciar a ella. En tiempos de embates populistas contra las instituciones de la democracia representativa, estas necesitan que se las defienda. Cuando el poder económico acumula fuerzas enormes, las instituciones políticas del Estado necesitan que se las defienda. El artículo 112 de la Constitución, en la plenitud de su alcance, es parte muy importante del Estatuto del Legislador y de la defensa de las instituciones de la democracia representativa”.
Además, el legislador citó como ejemplo el secreto profesional de los periodistas.
Por su parte, Sotelo escribió para el medio Contraviento.uy una columna de opinión para marcar su postura que tituló “Fake y peligroso”.
“Si no hay delito, lo que Díaz busca es resolver con una restricción arbitraria los derechos emergentes del artículo 112, una conducta que le resulta ética y políticamente reprobable, al menos en sus adversarios. Esto es, silenciar legisladores (o presumir que sus dichos no son hechos legislativos, aunque solo en redes sociales, para disminuir la protección constitucional) porque utilizan expresiones en el debate de temas de interés público, que le resultan inapropiadas o desagradables. Semejante concepción jurídica refleja una idea de la sociedad y el Derecho demasiado conservadora, aún en tiempos de la ‘cultura de la cancelación”, argumentó Sotelo en un fragmento de su columna.