Presentado el año pasado ante el organismo internacional, el caso se refiere a la presunta desaparición forzada de los uruguayos Luis Eduardo González González y de Osear Tassino Asteazu, así como las presuntas ejecuciones extrajudiciales de Diana Maidanik, Laura Raggio Odizzio y Silvia Reyes, en el marco de la dictadura cívico militar.

En dicho período, detalla la CIDH "se cometieron graves violaciones a los derechos humanos por parte de agentes estatales", en nuestro país.

Según la investigación precedente, Maidanik, Reyes y Raggio fueron asesinadas por ráfagas de balas en la madrugada del 21 de abril de 1974 durante un operativo de las Fuerzas Armadas y la policía.

González, militante del Partido Comunista y Revolucionario del Uruguay, fue detenido en su casa la madrugada del 13 de diciembre de 1974 por soldados armados con metralletas, y llevado a un cuartel del Ejército, donde fue visto por última vez el 24 de diciembre de ese año con signos de tortura.

Tassino, dirigente sindical y militante del Partido Comunista del Uruguay, fue arrestado el 19 de julio de 1977 por tres personas armadas identificadas como integrantes de las Fuerzas Conjuntas. Un día después fue visto con signos de tortura en un centro clandestino de reclusión y desde entonces su paradero se desconoce.

La CIDH consideró que el Estado uruguayo debe garantizar que la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, aprobada en 1986 durante la transición democrática y que evitó juicios por violaciones de derechos humanos, "no vuelva a representar un obstáculo para la investigación de los hechos del caso".

En marzo de 2012 el Estado uruguayo asumió en un acto formal la responsabilidad por los crímenes cometidos durante la dictadura, en cumplimiento del fallo de la CorteIDH en la sentencia del caso por la desaparición de la nieta del poeta argentino Juan Gelman.

En este sentido, se alude a que el Estado violó los derechos a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal y a la libertad personal. Asimismo, se argumenta que la aplicación de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado constituyó un obstáculo para la investigación de los hechos en distintos momentos, dado que tuvo el aparente efecto de procurar la impunidad, así vulnerando las garantías judiciales y a la protección judicial.

Finalmente, se alega que la falta de esclarecimiento sobre lo ocurrido implicó una violación al derecho a la integridad personal de los familiares como resultado del dolor, angustia e incertidumbre, el cual se ha venido profundizando por las graves violaciones.