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Tras meses de negociaciones entre el Poder Ejecutivo, los bancos y la Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay (AEBU), el gobierno envió el proyecto de ley para el rescate millonario de la caja bancaria, que establece un conjunto de modificaciones al régimen actual.
El rescate previsto ante la necesidad de financiamiento fue estimado por el Poder Ejecutivo en el orden de los US$ 1.000 millones, por un período de tiempo de al menos 12 años.
Así, el texto modifica algunos artículos de la Ley Orgánica de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias y también busca solucionar los problemas de viabilidad financiera de la institución.
Como se había adelantado, el proyecto implica por un lado un cambio en las condiciones para jubilarse, así como una contribución de los jubilados por la ley de 2008; por otro lado, un aumento de la Prestación Complementaria Patronal y una emisión de deuda con garantía del Estado de hasta US$ 400 millones.
En la exposición de motivos, el Poder Ejecutivo advirtió que el déficit operativo de la caja llevará a que sus reservas financieras se agoten este año, y la situación de números rojos se extenderá “por más de una década”.
“Entre los últimos meses de 2023 y el año 2035 la proyección utilizada como referencia para el diseño de las medidas indica un déficit acumulado que, llevado a dólares del año 2023, se ubica en US$ 994 millones. El ritmo del déficit en los primeros años es más intenso. En particular entre 2024 y 2030 son necesarios más de US$ 100 millones anuales para poder cumplir con las obligaciones de la caja”, sostiene la exposición de motivos que envió el Poder Ejecutivo.
El Poder Ejecutivo justificó que, como las medidas de adecuación de parámetros tendrán impacto financiero más tardío, también se recurre a un aporte directo de los bancos en los primeros años, así como una contribución de pasivos jubilados por la ley de 2008.
En cuanto a los trabajadores, implica por un lado cambios en las condiciones de paramétricas y de edad para acceder a las prestaciones. Los jubilados y pensionistas actuales deberán dar, a favor de la caja, una prestación “pecuniaria de un 4%”.
Los bancos, en tanto, tendrán un aumento de la Prestación Complementaria Patronal, y “una contribución adicional temporaria”.
“Como todas las medidas no resultaban suficientes, se agregó un componente financiero mediante emisión de deuda por parte del Instituto [la caja] que, tanto para que resulte viable la colocación de esta, como para reducir la carga financiera, se consideró necesario recurrir a una garantía por parte del Estado”, señala la exposición de motivos.
Según el Poder Ejecutivo, las estimaciones indican que el endeudamiento se podrá cancelar entre 2040 y 2043.
Edad de retiro
El proyecto de ley establece distintas transiciones para las personas que se jubilen. En primer lugar, quienes tengan causal jubilatoria antes del 1° de enero se podrán retirar bajo el régimen actual, sin ninguna modificación.
Por otro lado, para los nacidos entre 1965 y 1968, se establecerá un sistema de incentivos para que permanezcan en actividad hasta los 63 años. Los nacidos entre 1969 y 1973 se jubilarán en el entorno de los 63 años. La edad de jubilación será de 65 años para los nacidos de 1974 en adelante.
El artículo 8 de la iniciativa crea “una prestación de carácter pecuniaria” a favor de la caja con una tasa del 4% sobre las prestaciones de los jubilados que tengan un valor superior a 6 Bases de Prestaciones y Contribuciones.
Prestación complementaria Patronal
El proyecto de ley también establece la modificación del artículo 28 de la ley del año 2008. Según la exposición de motivos, el Poder Ejecutivo aumentará la alícuota a 2,875 por diez mil del activo registrado contablemente. Desde 2008 lo que aportan los bancos es 2,5 por diez mil, y el sindicato reclamaba un incremento hasta 4%. Ese era el máximo establecido por ley. Sin embargo, en el proyecto de Ley, el Poder Ejecutivo propone llevar el tope a 3 por diez mil.
En cuanto a los bancos públicos y privados, el artículo 9 del proyecto crea una prestación anual de $ 750 millones por un plazo de ocho años desde 2024. El monto será ajustable por el Índice Medios de Salarios.
El dinero será abonado en cuotas mensuales “y en forma proporcional por las instituciones de intermediación financiera comprendidas, en base a la participación en el total de los pasivos financieros a costo amortizado de cada institución y según el promedio del año anterior”, según establece el proyecto de ley.
Emisión de deuda con garantía soberana
El artículo 10 autoriza la emisión de un bono por parte de la caja por un monto total máximo de 2.625 millones de Unidades Indexadas (UI), que tendrá garantía estatal. El monto equivale a unos US$ 400 millones al tipo de cambio actual.
El endeudamiento podrá ser a través de emisiones de título de deuda pública o mediante préstamos con organismos multilaterales.
“Se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar una garantía soberana a la Caja por hasta el monto referido en el inciso anterior, ya sea para respaldar la emisión de títulos de deuda y/o créditos con organismos multilaterales. El Poder Ejecutivo deberá aprobar en forma previa las características y condiciones del financiamiento que solicite la Caja, a efectos de otorgar la garantía antes mencionada”, dice el texto.
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