El juez subrogante en lo Contencioso Administrativo Alejandro Recarey elaboró un comunicado en el que advierte que ha constatado “versiones que distorsionan el contenido del fallo” que emitió sobre la vacunación a niños contra el covid-19. Considera que dichas distorsiones “pueden confundir a quienes no tengan acceso a la lectura completa de la sentencia en cuestión”, y por eso realiza algunas “aclaraciones”.
En primer lugar, en el comunicado al que accedió Montevideo Portal destaca que la sentencia señala que “ningún gobierno puede firmar contratos secretos, en el desconocimiento de la opinión pública, atinentes a puntos que puedan implicar riesgos a los derechos humanos de la población”.
A su vez, advierte que su fallo “no prohíbe el desarrollo de la campaña vacunatoria a menores”. “Solo la suspende con carácter provisional y temporario”, dice, y luego aclara que su postura es que “aún en hipótesis de no obligatoriedad, debe informarse todo acto médico”. Quiere decir que aunque la vacunación sea voluntaria, considera necesario “que se divulgue la composición de las sustancias que se inoculan y sus riesgos y efectos adversos ya comprobados a nivel nacional e internacional”.
Por otro lado, dice Recarey, “la sentencia apunta que debe especificarse, al vacunar, que los preparados tienen solamente autorización provisoria de emergencia” y “no definitiva”, “explicándosele a quien se inyecta las diferencias pertinentes”.
Ante las críticas extendidas de la comunidad científica, el juez repone que su sentencia “no se involucra en discutir aspectos científicos tales como la eficacia o la seguridad de las vacunas, ni la necesidad o conveniencia de la vacunación a menores”.
Otra de las aclaraciones que entiende necesarias es que se mandata al Estado a “hacer estudios propios, independientes, sobre la calidad de los medicamentos que se importan”, más allá de las “manifestaciones del fabricante”.
“De esta manera, el fallo en ningún punto incursiona en tema científico alguno. Debiendo tenerse presente que toda apreciación en sentido médico, tiende a evitar que se considere estrictamente el plano jurídico”, dice Recarey, quien considera que estas lecturas termina “eludiendo el tratamiento de la esencia del fallo”.
Para el juez, “no hay atentado alguno a la libertad de vacunación” con su decisión. “El hecho de que esta sea optativa para los representantes legales de los menores, no libera al Estado de confeccionar el debido consentimiento informado. Obligatoria o no, optativa o no, el gobierno debe siempre y en cualquier caso presentar toda la información a la persona interesada, extremo que hasta ahora no se estaba cumpliendo”, advierte.
Por último, Recarey recuerda que su resolución prevé que “ni bien el gobierno cumpla los niveles de transparencia que se le imponen”, se podrá reanudar la vacunación infantil.
Comunicado del juez Recarey by Montevideo Portal on Scribd