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Las autoridades de la Caja de Profesionales resolvieron poner a disposición de los afiliados un sistema de información sobre el anteproyecto de ley presentado ante el Poder Ejecutivo, para dar respuestas a preguntas frecuentes que se venían realizando.
Los jerarcas aclararon que la información que brindan se da en el supuesto de aprobarse sin modificaciones el presente texto por parte del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.
Entre ellas, se encuentra cómo se calcularía la nueva tasa de reemplazo, en caso de aprobarse el proyecto. En ese sentido, la Caja explicó que la asignación para la jubilación común sería el resultado de aplicar una tasa de reemplazo mínima de 45% al sueldo básico jubilatorio correspondiente para quienes, a la fecha de entrada en vigor de la ley, cuenten con 50 o menos años. En tanto, para quienes tengan entre 51 y 56 años, la tasa de reemplazo mínima sería 47% y para quienes cuenten con 57 o más años se mantendría en 50%.
Otra de las consultas que se repite es cuál sería la edad mínima para configurar causal jubilatoria común. La edad mínima, según expresaron desde el organismo, sería de 65 años para quienes a la fecha de entrada en vigor de la ley tengan 50 o menos años.
Los afiliados que tengan entre 51 y 56 años a esa fecha se les requeriría gradualmente entre 64 y 61 años y para quienes tengan 57 o más años se mantendría la edad mínima requerida actualmente (60 años).
Todas esas respuestas están a disposición de los afiliados en el sitio web de la Caja de Profesionales para que todo aquel que lo requiera pueda evacuar dudas. También pueden comunicarse por teléfono o al mail de la institución. La página web es https://www.cjppu.org.uy/.
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