En medio de la polémica por la reapertura del registro de conductores de Uber, Esteban Queimada, un conductor de la aplicación y ex vocero de la Asociación de Conductores Uruguayos de Aplicaciones (ACUA), lleva adelante una demanda laboral contra la empresa, por considerar que la relación laboral entre los choferes y Uber no es de "socios", sino una relación de dependencia.
La demanda fue presentada en febrero de este año y ya pasó por el Ministerio de Trabajo. Allí hubo una audiencia, que trató ser de conciliación, pero que no la consiguió, ya que los representantes de Uber en Uruguay mantuvieron su postura: los choferes no son empleados, son socios.
Nicolás Pizzo, abogado que lleva adelante la demanda, dijo a Montevideo Portal que el fundamento de la acción legal se basa en que -efectivamente- existe una relación de trabajo dependiente: control, dirección y disciplina, "como cualquier empresa". "Esto marca una clara subordinación laboral", explicó.
"Creo que la economía colaborativa es una cosa en la que las personas se ponen en contacto casi directamente, sin intermediarios, y que se basa en el principio de solidaridad: esto es me sobra algo y lo pongo a disposición. Cuando entra una empresa como Uber, por poner el ejemplo, con un ánimo de lucro bastante importante, rompen un poco con ese concepto", ahondó.
Según Pizzo, Uber determina cómo se tiene que hacer la tarea, dispone la eliminación de cuentas sino se llega a un estándar. "Eso ya no es colaborativa. Fija la remuneración de los chóferes, fija la tarifa, el valor del viaje. Me parece que salimos de la economía colaborativa".
"Yo sostengo que estamos ante una nueva forma de manifestarse un problema viejo", dijo y señaló que se trata del "intento de escape de la normativa laboral y del estatuto protector del derecho al trabajo".
En su modelo de negocio, explicó, Uber califica a los trabajadores como "socios conductores", y los hace "constituirse, facturar, crear una unipersonal o sociedades de hecho". "Eso es una imposición por parte de Uber, que entiendo que es la forma de eludir la normativa laboral".
Pizzo señaló que la reglamentación que aplicó la Intendencia de Montevideo en 2016 "no se metió" en este tema, porque no está "legitimada para regular este tema". "Lo que hizo fue en su órbita, esto tendría que ser a nivel nacional", comentó.
El abogado comentó que, además de esta demanda inicial, ya lo han contactado otros chóferes; "y calculo que habrá más", dijo y subrayó que los chóferes no se consideran socios de Uber, "que es la relación que la empresa dice que hay".
"Ellos lo consideran un empresario. Uber dice que es una empresa que se dedica al software, al desarrollo de una aplicación que vende licencias para todos aquellos que quieran ser socios. Para eso, cobra el 25 % de cada viaje".
"Es una imposición que se da; Uber tiene redactado un contrato, un término y condiciones, que lo redacta exclusivamente él, o ella, o lo que efectivamente sea, con toda la batería de cláusulas que si no aceptás no podés entrar. Es lo que se conoce como un contrato de adhesión. No tenés posibilidad de negociar una cláusula. Y eso también es una característica de las relaciones de trabajo", apuntó.
Pizzo señaló que con las aplicaciones de deliveries pasa "exactamente lo mismo", salvo en Pedidos Ya, que los "reconoce como trabajadores dependientes",
El abogado remarcó que, a la hora de decidir, el juez deberá tener en cuenta el principio de primacía de la realidad, "lo que pasa de verdad en los hechos": "Uber les da recomendaciones, los monitorea, los evalúa, no directamente sino a través de los ratings de usuarios, pero en definitiva si bajan de determinada categoría son dados de baja".
Pizzo apuntó que esta demanda inicial, que ya está en el ámbito de la Justicia, traerá consigo otros inicios judiciales.