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El Poder Ejecutivo promulgó la ley que restablece el cobro del Impuesto de Primaria a los inmuebles rurales. Texto de la ley.
El Poder Ejecutivo promulgó la ley 19.333 que restablece el cobro del Impuesto de Primaria a los inmuebles rurales de más de 300 hectáreas con índice productivo Coneat 100. La norma establece, además, que desde el 1.º de enero de 2018 será la DGI la encargada de recaudar, administrar y fiscalizar el tributo.
Los productores con propiedades inferiores a las 300 hectáreas de índice Coneat 100 están exentos del pago del impuesto. Para hacer efectiva la exención deberán presentar la declaración jurada con detalle del total de los padrones que al 1.º de enero anterior explotaban a cualquier título, ante el organismo recaudador dentro de los 120 días del ejercicio que se desee exonerar.
La declaración deberá indicar el valor de cada padrón y la documentación del BPS y de la División Contralor de Semovientes del MGAP.


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