El Tribunal de Apelaciones de 2° Turno dispuso la liberación del coronel retirado Eduardo Ferro, según informó 25siete noticias y confirmó a Montevideo Portal el fiscal especializado en Delitos de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe. Ferro había sido enviado a prisión preventiva en marzo por el homicidio del militante comunista Óscar Tassino y otras violaciones a los derechos humanos en la dictadura militar.
Según indicaron las fuentes a Montevideo Portal, este no modifica el proceso de la investigación, que continuará su curso. Sin embargo, el tribunal entendió que no corresponde que Ferro espere al juicio en prisión. Perciballe dijo que es una decisión "discutible", pero que no hay una posibilidad de apelar porque "no es pasible de recurso".
La sentencia del Tribunal de Apelaciones se da luego de que la defensa de Ferro apeló a la sentencia de la jueza que dispuso la prisión preventiva. Tras esta decisión, el tribunal entendió que no hay peligro de fuga. Sin embargo, Ferro estaba fugado de la policía uruguaya y española.
Sobre este tema se manifestó Perciballe en declaraciones a "Más temprano que tarde" de radio El Espectador. En primer lugar, explicó que Ferro fue extraditado luego de estar prófugo de la justicia uruguaya y española y que cuando llegó a Uruguay lo que la Fiscalía intentó es interrogarlo para que "dé sus explicaciones a la posible imputación y denuncia".
Ferro -dijo- se negó a instancia de su defensa e interpuso un recurso de excepción de inconstitucionalidad de la ley 18.831 por tercera vez.
"Hay que recordar que él ya había interpuesto esa excepción y dos veces había sido rechazada. O sea, era un intento claro de dilatoria. Por eso la jueza, que es algo que no se utiliza con frecuencia, lo rechazó in limine. ¿Qué quiere decir?, no admitió esa excepción porque ya estaba resuelta entonces estábamos en condiciones de tomarle declaración. Frente a ello impusieron queja por denegación de apelación que también fue rechazada y entonces se iba a tomarle declaraciones y en ese caso la defensa le señala a Ferro que no declare hasta que no se resuelva por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) esa excepción", explicó el fiscal.
La Fiscalía entendió que, mientras no se expida la SCJ sobre el tema, Ferro debía esperar a que se dilucidara el tema en prisión preventiva. La jueza accedió y por eso finalmente Ferro fue a prisión preventiva, no obstante, frente a eso la defensa interpuso el correspondiente recurso de reposición y apelación.
"El tribunal hoy, desconociendo todo el peligro de fuga y la nueva dilatoria excepcional, dispone la libertad de Ferro. Esto lo que quiere decir es que se lo libera mientras se resuelve la excepción. Una vez resuelta la excepción sí se está en condiciones de hacer la audiencia indagatoria, si no interponen alguna excepción nueva que podrá efectivamente plantear como es de costumbre. En ese caso, si se hace la audiencia indagatoria, la Fiscalía estaría en condiciones de pedir su procesamiento y si lo entiende pertinente la juez admitir el procesamiento", explicó Perciballe.
"El tribunal entendió también con una particular interpretación que no se podía poner ninguna medida cautelar en un pre sumario y que como la defensa había admitido aceptar algunas medidas como fijar domicilio o entregar documentos, se habilitó eso, pero el tribunal ya tenía posiciones distintas sobre la materia por eso es por lo que hoy vamos a interponer un recurso de aclaración y ampliación", agregó.
Consultado sobre si hay pruebas suficientes como para llevar adelante una instancia judicial contra Ferro, Perciballe contestó que sí y explicó que al momento de pedir la prisión preventiva y argumentar lo cautelar (es decir, la peligrosidad de dejarlo libre) también indicaron que había elementos de convicción suficiente para una eventual imputación.
"Hay distintos testigos que lo imputan y en el caso de Lilián Celiberti ya existe pedido de procesamiento pendiente que no se ha podido resolver porque él no estaba en el país, o sea que ahí hay una imputación concreta", añadió.
Finalmente, Perciballe dijo que los plazos que tiene la SCJ son largos, pero que en este caso cree que merecería un "rechazo in limine" porque se está hablando de una excepción impuesta por tercera vez en un tema que ya está resuelto.
"Disponga lo que disponga ya está resuelto que el delito no ha prescripto porque la excepción de prescripción ya fue resuelta. Ya hay cosa juzgada sobre la prescripción y sobre la ley que hoy cuestionan. No cambia en nada. Resuelva lo que resuelva la SCJ inexorablemente se tendrá que hacer la audiencia indagatoria y se podrán o no hacer las imputaciones", concluyó.