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La Fiscalía de Las Piedras de 3° Turno, a cargo del fiscal Alejandro Sastre, logró la condena de un hombre mediante juicio oral por ser autor penalmente responsable de reiterados delitos de atentado violento al pudor contra una menor de edad, a la pena de cuatro años de penitenciaría, con descuento de la medida cautelar ya cumplida.
Concretamente, la madre de la víctima hizo la denuncia en el año 2018, donde relató que su hija (de 12 años en ese entonces) estaba siendo víctima de "manoseos" por parte de la pareja de su abuela durante 2017 y 2018. La menor de edad -según informa la Fiscalía- denunció los diversos abusos a su abuela, pero esta "hizo caso omiso a la develación realizada".
"Luego, la niña le comentó a su madre algunas situaciones vividas con su abuela y el imputado, por lo que la madre le dijo que no irían más de visita a esa casa si ella no se encontraba presente y posteriormente develó la situación abusiva", relata la Fiscalía en su página web.
Una vez que se hizo la denuncia y que se activó el protocolo de intervención en casos de abuso sexual por parte de su prestador de salud, la niña realizó un relato de las situaciones vividas desde el año 2017, poco tiempo después de que conociera al ahora condenado.
La Fiscalía indica que la jueza del caso consignó en su sentencia que la víctima "mantuvo su relato de los hechos durante el tiempo" en diversas entrevistas. Sin embargo, no acogió la solicitud de la Fiscalía y la defensa de la víctima para que el condenado haga una reparación económica.
"Se computó como atenuante, la primariedad atento a lo establecido en el art. 46 núm. 13 del Código Penal y como agravante genérica, el abuso de las relaciones domésticas (art. 47 núm. 14 del Código Penal)", señala la Fiscalía.
Como evidencia del caso, la Fiscalía tuvo: la grabación del testimonio de la víctima recibido como prueba anticipada, la carta escrita por la menor a su madre, el testimonio del expediente de la justicia de familia, historia clínica de la víctima, declaración de la madre de la víctima, declaración de la psicóloga tratante de la ahora adolescente, declaración de los médicos pediatra que atendieron a la víctima en varias oportunidades, declaración de la trabajadora social que intervino en la justicia de familia, pericia psicológica de la víctima, entre otras.
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