El ministro de Salud Pública, Daniel Salinas, divulgó este lunes una ordenanza que actualiza los criterios para las consultas médicas presenciales y telefónicas en las distintas especialidades médicas en “consideración de la evolución de la situación epidemiológica”.
Se trata de una modificación a lo dispuesto en el "Plan de Normalización de la Atención Médica", que comenzó a regir el pasado 15 de julio.
En concreto, habrá variaciones en la atención en medicina general y de familia. Se podrán atender hasta cinco pacientes por hora en estas especialidades, con un máximo de hasta tres en consulta no presencial. Hasta ahora el tope de pacientes era el mismo, pero estaba habilitada la consulta presencial para cuatro de ellos, mientras que la otra restante debía ser telefónica.
Para las demás especialidades se mantienen los criterios dispuestos en la anterior ordenanza, publicada el 29 de junio. Para las especialidades médicas habrá cinco pacientes por hora, cuatro en consulta presencial y uno en consulta no presencial; para las especialidades quirúrgicas habrá cinco pacientes por hora en consulta presencial, pudiendo realizar una de ellas de forma remota.
En tanto, para psiquiatría de adultos, neurología, neuropediatría, geriatría y fisiatría el tope es de cuatro pacientes por hora, tres en consulta presencial y uno en consulta no presencial. En la psiquiatría infantil serán tres pacientes por hora, dos en consulta presencial y uno en consulta no presencial.
Los nuevos criterios difundidos por Salinas en Twitter se adoptaron de acuerdo a lo resuelto en la pasada ronda de Consejo de Salarios del Grupo 15.