El diputado independiente (ex Cabildo Abierto) Eduardo Lust presentó un proyecto de ley para modificar la forma en que se elige al fiscal de Corte.
Lust entiende que la actual composición de la Cámara de Senadores, lugar donde se vota a la figura del Ministerio Público, “plantea dificultades para arribar a la mayoría especial de 3/5 de votos que exige la Constitución para [su] designación”. A esto se le suma, además, que no se regula cómo llenar la vacante “ya sea temporal o definitiva” del cargo, “tal como está sucediendo en nuestro país desde la renuncia del anterior fiscal de Corte” Jorge Díaz.
“La realidad por la que atravesamos nos muestra la existencia de verdaderas dificultades para lograr los consensos políticos necesarios que permitan arribar a las mayorías especiales exigidas por la norma, lo que ha provocado la consolidación de soluciones provisorias, que están muy lejos de contribuir a mejorar la calidad del trabajo de la Fiscalía y, por ende, de la Justicia toda, sin desmerecer el gran esfuerzo que se realiza”, manifestó el diputado en el proyecto de ley.
Asimismo, Lust sostuvo que la figura del fiscal de Corte “debe suponer que este es alguien que deberá tener un muy merecido prestigio, autoridad moral y técnica de primer nivel para ser capaz de sustentar el enorme peso de su responsabilidad”. Por esto, el cabildante entiende que “el mejor modelo a seguir” es el del Poder Judicial.
Cómo se elige el fiscal de Corte
El procedimiento de designación de la máxima autoridad de la Fiscalía General de la Nación, como detalla Lust en la norma presentada, está regulado en el numeral 13 del artículo 168 de la Constitución uruguaya.
Este reza: “Al presidente de la República, actuando con el ministro o ministros respectivos, o con el Consejo de Ministros, corresponde: 13) Designar al fiscal de Corte y a los demás fiscales letrados de la República, con venia de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente en su caso, otorgada siempre por tres quintos de votos del total de componentes. La venia no será necesaria para designar al procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo ni los fiscales de Gobierno y de Hacienda”.
Qué propone Lust
La iniciativa del legislador establece que la designación del fiscal de Corte “deberá efectuarse dentro de los 90 días de producida la vacancia”.
Para ello, la Cámara de Senadores —o la Comisión Permanente, en su caso— “será convocada especialmente”, afirma Lust en el documento.
A su vez, si ese lapso de tiempo termina y aun así no llegó a una decisión sobre quién ocupará el cargo, entonces “quedará automáticamente designado como fiscal de Corte y Procurador General de la Nación el fiscal letrado titular con mayor antigüedad”. Si ocurriera que hay una igualdad de antigüedad entre dos o más personas en ese cargo, se decidirá “por el que tenga más años en el ejercicio del Ministerio Público o fiscal”.
Por otro lado, en el proyecto de ley se busca determinar que el fiscal de Corte dure 10 años en su puesto y que no pueda ser reelecto. Los demás funcionarios de Fiscalía “cesarán al cumplir 70 años”.
Cómo se haría la modificación
Para llevar adelante este cambio, el diputado busca impulsar un plebiscito, que se realizaría el domingo 27 de octubre de 2024, es decir, la misma jornada que las elecciones nacionales. “La Corte Electoral adoptará todas las medidas necesarias” para llevar adelante este plebiscito, añade el segundo artículo del proyecto de ley.
“Si el plebiscito fuera proclamado afirmativo, por resolución firme de la Corte Electoral, el mismo será promulgado por el presidente de la Asamblea General y la presente reforma entrará en vigor con fuerza obligatoria, a partir de ese momento”, reza el tercer artículo de la norma.
La polémica en torno al fiscal de Corte
En octubre de 2021, el entonces fiscal de Corte, Jorge Díaz, abandonó su cargo. En ese momento lo sucedió Juan Gómez como fiscal adjunto de Corte.
La gestión de Díaz había recibido críticas, principalmente de Cabildo Abierto, que en 2020 presentó un pedido de renuncia formal. El senador Raúl Lozano y Lust fueron dos de los dirigentes que criticaron el accionar de Díaz.
En tal sentido, en su momento, el propio Lust aplaudió que Díaz abandonara su puesto. “Llevó a la Fiscalía a una estructura orgánica que hizo desaparecer a la actuación de los jueces en la materia penal, entonces ahí perdimos las garantías […] que haya dejado la Fiscalía para el sistema es muy bueno”, afirmó a Montevideo Portal en 2021.
PROYECT O de REFORMA CONSTITUCIONAL ARTICULO 168 Numeral 13(Proyecto y Exposición de Motivos) Literal D by Montevideo Portal on Scribd