En los últimos meses, diversos sindicatos se han manifestado a través de paros o huelgas en reclamo de mejores condiciones laborales. El presidente así lo reconoció: a su entender, “ha habido una escalada de paros en todos los ámbitos del país”.

Dicho esto, Lacalle Pou aclaró que su Gobierno respeta “el derecho a huelga”.

En este sentido, uno de los artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC) que su administración aprobó en julio de 2020 reafirma este derecho, pero también lo enfrenta al de los empresarios a dirigir su compañía.

La huelga está declarada como derecho gremial por la Constitución desde 1967, y el artículo 392 de la LUC se encuentra en la séptima sección de la ley, en la que refiere a relaciones laborales y seguridad social, y es uno de los 135 artículos que se propone derogar.

La norma establece que el Estado “garantiza el ejercicio pacífico del derecho de huelga” y “el derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en los respectivos establecimientos”, así como también “el derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente”.

Los artículos 468, 469 y 470 de la norma refieren, respectivamente, a los "piquetes que impidan la libre circulación", a la "preservación del derecho a la libre circulación y el orden público" y a la "actuación en casos de hechos de apariencia delictiva".

El primero de ellos declara "ilegítimos" los piquetes "que impidan la libre circulación de personas, bienes o servicios, en espacios públicos o privados de uso público", mientras que el segundo afirma que el Ministerio del Interior "dispondrá las medidas pertinentes a los efectos de preservar los espacios públicos o privados de uso público cuya circulación se pretenda obstaculizar o impedir por personas, vehículos u objetos de cualquier naturaleza, a fin de garantizar el derecho a la libre circulación y el orden público".

En este sentido, para ese fin dicha cartera "podrá requerir en forma directa el auxilio de otros organismos públicos, así como coordinar, en tal caso, la actividad tendiente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso anterior", añade el artículo 469.

Finalmente, el artículo 470 establece que, en caso de hechos "de apariencia delictiva", las autoridades actuantes "detendrán a los presuntos infractores e informarán de inmediato al Ministerio Público".

Por qué se quieren derogar

Para quienes proponen la derogación de los 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración, el artículo 392 “asimila en igualdad de condiciones un derecho de carácter fundamental como es el trabajo libre (no esclavo)” con “la potestad del empleador de dirigir su empresa”. Estos dos son “inigualables, de niveles diferentes, no asimilables ni equiparables”, sostienen, y añaden que este artículo “constituye una evidente reglamentación” del derecho de huelga.

De esta manera, la Comisión por el Sí reafirma que se trata de una norma “represiva, que criminaliza la protesta social” y que, “lejos de garantizar, restringe derechos constitucionales”.

A su vez, el argumento para derogar los artículos 468-470 es el mismo en cada caso: "No solo se está vulnerando el derecho de los ciudadanos a manifestarse libremente, sino también su derecho a hacerlo en su calidad de trabajadores" y añaden que "nuevamente se utilizan conceptos imprecisos para limitar derechos de carácter fundamental".

En el artículo 468, cuestionan que se mantiene la declaración de ilegitimidad, no ilegalidad, de los piquetes que impidan la circulación de personas, bienes o servicios en espacios públicos o privados de uso público.

Sin embargo, la comisión entiende que "la disposición más cuestionable" es la última mencionada. "¿Qué son los hechos de apariencia delictiva y cómo se evalúan? ¿quiénes? ¿la policía?", ya que tiene como consecuencia "la detención de los presuntos infractores".

Por qué se pretende mantener

El miércoles 22 de diciembre, la Policía intervino para levantar un piquete sindical que impedía el ingreso de camiones al Puerto de Montevideo.

"Hoy se solucionó de la manera que entendimos que se tenía que solucionar porque existe la LUC (...) Hoy hubo enfrentamiento entre trabajadores, pero no sé si estamos hablando de lo mismo”, dijo Lacalle al periodista Daniel Castro ese mismo día en Telenoche. “Estamos hablando de que la Policía…”, explicó Castro. “No, yo estoy hablando de trabajadores que entraban en sus camiones, haciendo uso de su derecho a trabajar, y otros trabajadores que no querían trabajar insultaban a esos otros trabajadores. ¿A quién tengo que defender yo Daniel: al camionero o al otro?”, preguntó el presidente, y se respondió: “Tengo que defender a los dos, por eso es difícil gobernar. ¿Y cuál es la manera de defender a los dos? Que el que quiere protestar esté a un costado y proteste con pancartas”.

El lunes 6 de diciembre el mandatario se refirió al paro en la refinería de La Teja. Ante estas tensiones, expresó que “hay que llevarlas adelante por un compromiso dentro de la ley, pero sin dividir”, dijo que “algunos tienen el legítimo derecho de parar, nosotros el legítimo derecho y la obligación de avanzar”, y recalcó que “hay que respetar” ambas facultades por igual.

Una semana después, el martes 14 se refirió a la represión de la Policía a una protesta de trabajadores del transporte en Tres Cruces, en la que uniformados dispararon munición no letal contra manifestantes. En esa instancia, Lacalle Pou volvió a asegurar que el Gobierno “tiene que cumplir la Constitución y la ley”, debe proteger el derecho a la huelga, pero también debe cuidar el derecho al trabajo, la libre circulación de personas y de bienes, detalló el mandatario.

“Eso es que una persona terminó de laburar en la capital y quiere ir a juntarse con su familia, que su ómnibus pueda salir. Y el que quiere subir al ómnibus a choferearlo que lo pueda choferear, y el que no quiere y hace paro, que haga paro”, ejemplificó. Además, el presidente dijo que “eso es lo justo, lo lógico y lo que dicen las leyes” y el Gobierno “tiene todas las herramientas para hacerla cumplir”.