La Junta Departamental de Montevideo aprobó un régimen sancionatorio para quienes viajen en ómnibus sin tapabocas, mientras se encuentre vigente el estado de emergencia sanitaria nacional, que deberá ser reglamentado por la Intendencia de Montevideo.
Según informa la JDM, los inspectores de la IM que detecten dentro de una unidad de transporte público a un usuario sin el tapaboca debidamente colocado, procederán en primer lugar a la intimación por escrito al pasajero para que se lo ponga, dejando constancia de dicha intimación.
Si la persona se rehúsa a colocárselo "se le aplicará una multa de 0,5 Unidades Reajustables (suma de 628 pesos) y se le solicitará el descenso inmediato del colectivo, pudiendo solicitarse la intervención de la fuerza pública en caso de que el pasajero en infracción se niegue a bajar".
"La primera reincidencia se multará con 0,75 UR, la segunda con 1 UR y a partir de la tercera con 1,25 UR", agrega la resolución de la Junta de Montevideo.
Para poder implementar esto, la Junta autorizó a la Intendencia la creación del Registro de Usuarios Infractores del Sistema de Transporte Colectivo de Pasajeros, que dependerá del Departamento de Movilidad.
"Quienes sean multados quedarán inhabilitados para renovar la tarjeta STM mientras no cumplan con el pago de las multas correspondientes", informa la JDM.
La JDM entendió oportuno "establecer estas medidas de fiscalización, control y sanciones en casos de infracción, para fomentar el cumplimiento de la obligatoriedad de uso de tapabocas por parte de todos los usuarios del sistema de transporte colectivo de pasajeros que asciendan y permanezcan en sus unidades, medida que está vigente desde el pasado 14 de mayo, mediante resolución del ejecutivo capitalino".
Montevideo Portal