Un informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) propone iniciar investigaciones administrativas por un centenar de denuncias de presunto abuso policial realizadas por la Asociación de Defensores Públicos y crear un registro de casos de tortura y/o malos tratos.
El MNP incluyó en su análisis el informe presentado por la Asociación de Defensores Públicos ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sobre situaciones que se habrían producido en 2020 y parte de 2021. Se trata de un centenar de procedimientos policiales presuntamente irregulares en los que se habrían violado las garantías de los/as detenidos/as. Estas situaciones, fueron reiteradamente calificadas por los/as defensores/as como “abuso policial”, “maltrato policial”, “detención ilegal”, “allanamiento sin orden judicial”, “lesiones” y “falta de atención médica”.
De acuerdo al informe de la Asociación de Defensores Públicos todas las situaciones fueron puestas en conocimiento de los/as magistrados/as en cada una de las respectivas causas y están individualizadas con nombre, Identificación Única de Expediente del Poder Judicial (IUE) o Número Único de Noticia Criminal (NUNC) correspondiente a la Fiscalía. No obstante, el MNP no ha podido constatar “que se hayan efectuado actuaciones para determinar responsabilidades funcionales y/o penales”.
El informe del MNP reitera la recomendación realizada en los años 2019 y 2021 relacionada “al cumplimiento de la garantía de asistencia jurídica, mediante el acceso a un/a abogado/a para todo aquel que no cuente con los medios necesarios para recurrir a un/a defensor/a privado/a”.
“Una vez más se verifica que el Estado uruguayo incumple esta garantía, por la cual el acceso a un/a abogado/a ´debe proporcionarse inmediatamente después del momento de la privación y de manera inequívoca antes de cualquier interrogatorio por las autoridades´”, agrega el informe.
En segundo lugar, recomienda modificar la tipificación del delito de tortura “incorporándola al Código Penal como un delito autónomo, en consonancia con lo establecido en los artículos 1 y 2 de la Convención contra la Tortura y en general con los estándares internacionales de derechos humanos”.
En tercer lugar, propone “crear y poner en funcionamiento un registro nacional de casos de tortura y/o malos tratos”. “Los esfuerzos de prevención de la tortura requieren de datos concretos que permitan conocer y procesar de manera sistemática estas graves violaciones a los derechos humanos. La ausencia de un registro de este tipo ha sido también observada por el Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura”, explica la INDDHH.
En cuarto lugar, el MNP reitera la necesidad de “regular el empleo de cámaras corporales de vídeo para filmar operativos policiales en respaldo a los derechos de las personas detenidas y del propio personal policial”.
“La experiencia internacional ha revelado la importancia de una adecuada regulación que contemple: i) quién puede hacer las grabaciones y cuál es el momento del encendido de las cámaras, ii) a quién se reserva la potestad del prendido y apagado definiendo de esta manera qué y cuándo grabar, iii) cómo se accede a los contenidos y cómo queda registrado quiénes lo hacen y iv) cómo se resuelve el almacenaje del material filmado preservándolo en un lugar seguro”, señala el informe.
Por último, el informe propone implementar como medida de “prevención indirecta” la “urgente investigación de los episodios denunciados por la Asociación de Defensores Públicos a efectos de comprobar o descartar la ocurrencia de irregularidades en el marco de los procedimientos policiales”.
La INDDHH pide investigaciones por abusos policiales denunciados por Defensores Públicos by Montevideo Portal on Scribd
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