La Justicia desestimó el pedido de nulidad presentado por Miguel Ángel Toma, exsecretario de Presidencia de Tabaré Vázquez, para que quede sin efecto la investigación que le realizó el Poder Ejecutivo por irregularidades en sus viajes oficiales al exterior. En octubre de 2021, el Gobierno resolvió aplicarle la máxima sanción prevista para un funcionario público que cometió una “falta grave”, por considerar que “comprometió la imagen institucional del país”. La pena dispuesta por el presidente Luis Lacalle Pou fue la suspensión en el ejercicio de su cargo como fiscal de Gobierno por un período de seis meses con pérdida total de haberes.
La resolución judicial, a la que accedió Montevideo Portal, afirma que el Poder Ejecutivo “actuó conforme a derecho” al ordenar la investigación administrativa (que derivó en sumario y posterior sanción) contra Toma.
El exjerarca, que renunció a su cargo de fiscal de Gobierno en mayo de 2022, había denunciado como “abiertamente irregular la decisión de sumariarlo como agente titular del cargo de fiscal de Gobierno de 2º Turno, por presuntas inconductas cometidas mientras se desempeñaba como secretario de la Presidencia de la República en el período de gobierno 2015-2020”, y, además, “planteó ser víctima de persecución política”.
Sin embargo, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) desestimó su reclamo. “El Poder Ejecutivo actuó conforme a derecho. No se detectó ningún vestigio de desviación de poder. Si bien el Dr. Toma en su demanda alegó la existencia de persecución política encubierta en un sumario administrativo, no hizo referencia a la posibilidad de desviación de poder, en la que habría incurrido la accionada [el Poder Ejecutivo] con la denegatoria ficta de su petición, que, en el caso, es el acto encausado”, sostiene la sentencia del máximo órgano jurisdiccional en materia administrativa de la nación.
El TCA plantea, además, en la sentencia fechada el 8 de diciembre de 2022, que Toma, al considerar que existía una “desviación del poder”, tendría que haber recurrido “la resolución por la cual se dispuso la referida investigación y no lo hizo”.
“No podrá en esta instancia ingresar al análisis de la regularidad jurídica de dicho acto y menos aún, cuando lo solicitado en su demanda es la nulidad del acto ficto que denegara la petición, por la cual, había solicitado la clausura de la investigación administrativa”, reza el documento judicial.
Los argumentos de Toma
El exsecretario de Presidencia había manifestado que la investigación administrativa en su contra incurría en irregularidades, ya que no podría ser sancionado por el actual Gobierno debido a que no fue el que lo designó como secretario de la Presidencia. Toma sostuvo que “en el entendido de que quien designa, sanciona, por lo que es el superior jerárquico quien conoce y aprecia el comportamiento de su funcionario subordinado”.
Ante esta postura del exjerarca, el TCA se expresó de la siguiente manera: “Siendo la Presidencia de la República una de las formas de actuación del Poder Ejecutivo, tiene potestad sancionatoria respecto del personal de Presidencia de la República, específicamente, respecto del secretario de la Presidencia de la República y los fiscales de Gobierno”.
Es así que la Justicia decidió que se desestime “la pretensión anulatoria” presentada por Toma, “y, en su mérito, que se confirme el acto administrativo impugnado [la investigación administrativa] sin especial condena procesal”.
El juicio contra el Poder Ejecutivo
El abogado de Toma, Daniel Ochs, dijo a Montevideo Portal que esta resolución judicial fue por un planteo que presentaron ante la Justicia “por la falta de un presupuesto para que puedan sancionarlo”.
“El juicio principal, que se dirige contra la sanción de la suspensión de seis meses, está en trámite”, agregó Ochs. En este sentido, aclaró que en las próximas horas van a enviar los alegatos y que hace unos días declararon como testigos el secretario y prosecretario de Presidencia, Álvaro Delgado y Rodrigo Ferrés. Este juicio también está en la órbita del TCA.