La Fiscalía de Delitos Sexuales de 6to. Turno, a cargo de la fiscal Mariana Alfaro, obtuvo en juicio oral una condena a ocho años de penitenciaría para un hombre por dos delitos de abuso sexual especialmente agravado, un delito de violencia privada y un delito de rapiña a una mujer.
Se trata de un caso ocurrido en 2019 en el barrio Colón, el ahora condenado fue procesado procesado el 3 de septiembre de 2019 por estos delitos y se encuentra en el módulo 8 del ExComcar.
Según informara el diario El País, los abogados defensores del joven imputado, Ignacio Durán y Rafael Scelza, cuestionaron la investigación de la Fiscalía de Delitos Sexuales. El citado medio informó que la principal testigo del caso declaró el martes 28 de setiembre ante la Justicia que una fiscal le hizo creer que “era una heroína” y la “manipuló” para que testificara que el imputado, de 20 años, tenía un arma cuando estaba con la víctima. En referencia a la anterior fiscal del caso, Silvia Lovesio.
El 10 de marzo de 2020, la fiscal Silvia Lovesio solicitó al entonces fiscal de Corte, Jorge Díaz, su derecho de abstención del caso por razones éticas y motivos de decoro.
La fiscal que asumió la investigación, Alfaro, dijo a Jorge Díaz, que “no tenía nada para ocultar” y puso “todos los elementos a disposición”. Esa investigación administrativa continúa. Por otra parte, este jueves se hizo el juicio oral por este caso y el juez Mauricio Malvar “avaló por completo la teoría de la Fiscalía y dispuso los delitos mencionados”, informaron fuentes de la investigación a Montevideo Portal.
La sentencia judicial, a la que accedió Montevideo Portal, señala que quedó demostrado que “el 3 de setiembre de 2019, entre las 5.30 y las 5.45 de la mañana, aprovechando la oscuridad previa al amanecer y la ausencia de personas en la parada de César Mayo Gutiérrez y Fernando Menck, el acusado, mediante uso de su fuerza física, amenazas y aprovechamiento de su físico y de las condiciones del lugar, penetró” a la víctima.
Luego “La condujo a comprar una bebida en el quiosco de la plaza allí existente, impidió que se retirara, luego la condujo por calle Elbia Dodera hasta que frente a la casa de los testigos que llamaron al 911, mediante forcejeos, le sustrajo y se apoderó del dinero que portaba la víctima, mil pesos, dándose luego a la fuga corriendo, caminando y volviendo a correr hasta tomar el ómnibus en la parada a la que se hizo referencia al principio”, dice el texto.
“Este hecho le produjo a la víctima un daño mental considerable y que se mantiene hasta el día de hoy”, señala la sentencia. Además, “de las declaraciones de la víctima, de la valoración de las imágenes y de las conclusiones de la perito psicóloga surge que, efectivamente, la víctima, tenía su libertad cercenada por la acción del acusado y también en parte, como secuela del abuso que había sufrido”, añade.