El Tribunal de Apelaciones de Familia de 1er Turno confirmó la tercera sentencia que obliga al Estado a otorgar una solución habitacional a familias del asentamiento Nuevo Comienzo.
La decisión desestima la apelación del Ministerio de Vivienda y condena a dar solución habitacional a otra familia, informó Juan Ceretta, abogado de la familia y docente del Consultorio Jurídico y de la Clínica de Litigio Estratégico en la Carrera de Abogacía de la Universidad de la República.
En la sentencia, a la que accedió Montevideo Portal, se hace referencia al artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño y al artículo 6 del Código de la Niñez y la Adolescencia, donde se hace énfasis en que "los niños tienen derecho a que su interés se considere prioritariamente en el diseño de las políticas, en su ejecución, en los mecanismos de asignación de recursos y de resolución de conflictos".
Además, se considera que el Ministerio de Vivienda "es omiso en el cumplimiento de sus cometidos y fines los cuales son previstos expresamente por el constituyente y el legislador". "La N° 13.728 sobre Plan Nacional de Viviendas, claramente consagra la posibilidad de cualquier familia de acceder a una vivienda adecuada. Así como también establece en cabeza del Estado la función de crear las condiciones que permitan el cumplimiento efectivo de tal derecho", señala la sentencia.
"Los ciudadanos tienen derecho a acceder a la vivienda y en caso de no poder, a que el Estado cumpla con su deber de brindarles una vivienda digna donde poder habitar y que la misma cuente con las condiciones básicas de habitabilidad", agrega el Tribunal de Apelaciones.
En ese sentido, se hace referencia a que "la conducta omisa del Estado, resulta por demás evidente que hay una vulneración del derecho a la vivienda digna que les corresponde a los menores de edad involucrados en autos, lo cual también agrede directamente sus derechos a la dignidad, a la vida, a la salud, a la integridad física y emocional, y lesiona su derecho a continuar viviendo sin ser separados de su núcleo familiar por razones de órdenes tan solo económico".
"No resulta admisible que la falta de recursos del Estado justifique la vulneración de derechos humanos de niños y niñas. No hay más opciones que vivir en la calle, vivir en un asentamiento se vuelve la única opción y no la preferida o elegida", asegura la Justicia.
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