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La Justicia condenó en las últimas horas al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) a reintegrar al Sindicato Anestésico Quirúrgico (SAQ) una suma de dinero que había dispuesto la cartera para el Sindicato Médico del Uruguay (SMU) por los Fondos de Educación Médica Continua, destinado a especialistas del rubro.
Según la denuncia del SAQ, estos fondos fueron “indebidamente volcados” por el ministerio al sindicato e indicaron que se “corroboró” que el SMU recibió fondos que “no le correspondían” y que deberán ser entregados al sindicato de anestésicos. La sentencia del tribunal señala que el MTSS “asumió obligaciones en el referido acuerdo, consistentes en la apertura de una cuenta especial, en el cual procederían a depositar las distintas instituciones médicas, los montos resultantes de las retenciones establecidas”.
“Extremo al cual dio cumplimiento. A su vez, las empresas médicas intervinientes, no el SAQ, debían entregar al MTSS un detalle con la discriminación de los cargos titulares y suplentes de trabajadores médicos de todas las especialidades. Según surge de fs. 166, en constancia agregada por el propio MTSS, dicha cartera procedió a la apertura de la cuenta corriente especial. (…) De este documento surge, inequívocamente, que el MTSS procedió a depositar dichos montos a la cuenta del Sindicato Médico del Uruguay. (…). Este accionar es lo reprochable a esta Secretaría de Estado”, señala la sentencia.
El acuerdo, en el numeral 4 del artículo 12, establecía que “el ministerio entregaría mensualmente al Sindicato Médico del Uruguay el monto resultante de los depósitos realizados” y a la Mesa de las Sociedades Anestésico Quirúrgicas el monto resultante del depósito correspondiente a cargos titulares y suplentes de Especialistas de Especialidades Anestésico Quirúrgicas”.
No obstante, según la denuncia del SAQ, el MTSS “omitió el depósito” de los montos correspondientes en la cuenta de la Mesa de las Sociedades Anestésico Quirúrgicas, destinada para los técnicos que participaban en la especialidad en los distintos centros médicos cuyos aportes constituían a dicho fondo.
“Llama la atención que precisamente el MTSS hubiere derivado dichas sumas de dinero al SMU desde el año 2008 en adelante; y que en forma coetánea con las gestiones judiciales iniciadas por el SAQ para obtener el recupero de dichas sumas de dinero, se sustituyera el acuerdo por un segundo convenio, en el cual el designado como único beneficiario resulta ser el SMU. Empero, ello no lo exime de cumplir con su obligación; si erradamente transfirió dichos montos al SMU, cuando en realidad parte de ellos debieron haber sido transferidos al SAQ, incumplió por su parte el acuerdo celebrado”, señala el tribunal.
Finalmente, desde el SAQ indicaron que la sentencia de la Justicia es “inapelable” dado que muestra la “veracidad” de la denuncia.
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