La Junta Departamental de Montevideo (JDM) resolvió prohibir la “arquitectura hostil peligrosa para la integridad física de las personas”.
“El decreto incluye multas y plazos para retiro o adecuación en inmuebles de elementos punzantes o cortantes”, aseguró en la red social X.
La normativa refiere a elementos que estén en “fachadas, cercos, cerramientos, límites o estructuras de cualquier tipo, tanto ubicados en espacios públicos como en espacios de propiedad privada o del propio Estado, y a los que se acceda como resultado del tránsito por uso de la vía pública o por acceso directo desde el espacio público”.
Además, se establecen “plazos para retiro o adecuación de los inmuebles con este tipo de elementos, además de los costos de las multas por incumplimientos”, según la JDM.
La Intendencia de Montevideo (IM) deberá reglamentar “cuáles son los elementos” que “supongan un riesgo significativo” y “estén comprendidos dentro de lo que el decreto define como ‘punzantes y/o cortantes’”.
Quienes en sus inmuebles ya cuenten con elementos de este tipo tendrán dos meses como máximo para retirarlos o adecuarlos.
“La transgresión a esta prohibición podrá ser sancionada con una multa de hasta 20 UR”, puntualiza, lo que a valor actual son unos 36.327 pesos.
En ese sentido, se explica que el monto variará de acuerdo a “la gravedad de la infracción; el tipo y la jerarquía del edificio -cuando corresponda-; la conducta adoptada por el infractor al momento de constatarse la contravención; y las acciones correctivas realizadas con posterioridad, de manera voluntaria”.
El pasado diciembre de 2024, la “arquitectura hostil” estuvo en vilo después de que un joven de 30 años muriera en noviembre tras clavarse un objeto punzante mientras caminaba por Héctor Gutiérrez Ruiz y Durazno.
A raíz del fallecimiento del hombre, el Municipio B pidió a la comuna capitalina “legislar sobre la prohibición de arquitectura hostil”.