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Junta de Montevideo aumentó montos de multas ante incumplimientos en espectáculos públicos

En términos generales, el valor de las multas aumentó más del doble ante constatación de diversas infracciones.

22.12.2020 11:48

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2020-12-22T11:48:00-03:00
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Montevideo Portal

La Junta Departamental de Montevideo (JDM) realizó una sesión extraordinaria este lunes que finalizó a altas horas de la madrugada en donde se aumentaron los montos de las multas previstas en el Digesto Departamental, en lo referente a espectáculos públicos, ante la situación de coronavirus en nuestro país.

Según un comunicado publicado en la página oficial de la JDM, en términos generales se aumentaron en más del doble el monto de multas ante constatación de diversas infracciones respecto a lo establecido hasta ahora, pasando, en su gran mayoría, de cuatro a diez Unidades Reajustables (UR).

Este nuevo decreto considera "falta grave y objeto de clausura" el incumplimiento de las medidas y disposiciones sanitarias teniente a colaborar con las autoridades para combatir el COVID-19. La multa puede ir desde las 54 UR hasta las 350 UR. Por falta de habilitación de locales para realizar espectáculos públicos, la multa aumentó de cuatro a diez UR, mientras que por la no obtención de permiso la multa aumenta de cuatro unidades a entre ocho y vente unidades. Esto último, según el comunicado, depende de si es un baile ocasional con motivo de reunión familiar (8 UR), discotecas o espectáculos en vivo (20 UR) u otras categorías (10 UR).

En caso de que exista un exceso de capacidad locativa, si bien se mantiene la multa establecida de 40 UR por cada cincuenta personas o fracción calculada cuando exceda de las 25 personas y una UR por cada persona excedida cuando la fracción sea inferior a 25, la junta agregó un nuevo decreto. "De contactarse segunda reincidencia se dispondrá la clausura por 7 días corridos; ante la tercera infracción la clausura será de 30 días; en la cuarta reincidencia lo será por 180 días; mientras que, en una quinta, se procederá a la clausura definitiva y la revocación de las habilitaciones del local", indican.

Por falta de higiene, mal funcionamiento de baños o acceso incómodo a los mismos, se pasa de una multa de 2 UR a una de 10 UR. Por falta de ventilación e higienización del local, se pasa de 4 a 10 UR; mientras que, por abandono de desperdicios, instalaciones temporales o similares, la modificación va de 4 a 20 UR.

Para los incumplimientos de horarios, la JDM fijó la multa por valor de veinte UR en el exceso de los primeros treinta minutos, incrementándose diez UR por cada treinta minutos por encima de la primera franja o fracción que corresponde si no se alcanza esa media hora. En caso de que existan reincidencias podrá aplicarse lo dispuesto por el artículo 22 del régimen punitivo sobre el incremento de multa al respecto por la capacidad del local y se podrá aplicar la clausura.

"Para las sanciones por incumplimiento de horarios de entarimados y disposición de mesas y sillas, al igual que en el apartado recién mencionado, se fija la multa en 20 UR y aumenta 10 UR cada vez que se superen 30 minutos una vez pasada la media hora, agregándose que ante la tercera infracción de este tipo, se determinará la revocación de la autorización para la colocación de mesas y sillas, obligando a retirar el mobiliario en un plazo de 10 días. Este plazo incluye cualquier estructura en la vía pública que se utilizara para colocar este tipo de mobiliario. Si se incumple esto se prevé la clausura hasta la regularización", indica la junta.

"Por incumplimiento respecto a emisión de música en entarimados, mesas y sillas también se establece una multa fijada en 20 UR. La segunda reincidencia determinará la revocación de la autorización para la colocación de sillas y mesas exigiendo el retiro del mobiliario en un plazo de 10 días. En caso de incumplimiento se clausura el establecimiento hasta su regularización", agregan.

La Junta Departamental indica que por falta de cumplimiento ante las intimaciones formuladas por el cuerpo inspectivo de la Intendencia de Montevideo, mientras que, ante casos de resistencia a la inspección, intervención, intimación o cualquier acto relacionado a eludir el cumplimiento de estas, se multará con 54 UR. En este caso en particular, la junta detalla que también corre para espectáculos deportivos.

"El decreto también incluye nuevas multas por casos de discriminación y publicidad sexista por parte de locales montevideanos, también a sugerencia del Servicio de Convivencia Departamental de la IM", concluye.

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