La jueza subrogante de Carmelo, Judith Álvarez, determinó que los padres de una niña de dos años deberán cumplir con la vacunación establecida por ley en un plazo de 10 días para no incurrir en una omisión a los deberes de la patria potestad.
La noticia fue informada por el periodista Eduardo Preve, que señaló que la jueza transmitió a los padres la posibilidad de derivar a la niña a un centro del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU) en el caso de no ser vacunada. La audiencia judicial se realizó el 25 de junio en Carmelo.
La magistrada fundamentó su decisión amparada en los artículos 1 y 2 de la ley 15.272 (que establece la obligatoriedad de determinadas vacunas) y “en virtud del estricto cumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad”.
Es por eso que se intimó “a los progenitores al cumplimiento de la vacunación preceptiva que la ley impone en todo el territorio nacional, en un plazo de 10 días, debiendo acreditarse la misma en esta sede en legal forma”, presentando la constancia de la vacunación.
“Todo lo cual bajo apercibimiento de incurrir en la omisión de los deberes inherentes a la patria potestad y la eventual remisión de actuaciones a la sede penal competente”, reza el dictamen judicial.
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