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La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) emitió una resolución sobre un caso de abuso policial ocurrido el 7 de abril de 2020 en Cuareim y Colonia, episodio que tuvo como víctima a una persona en situación de calle.
En este procedimiento policial, la INDDHH determinó tras una investigación "que existió una vulneración del derecho a la integridad física de la denunciante por parte de funcionarios del Ministerio del Interior".
En este sentido, según consta en la sentencia consignada esta mañana por la diaria, el organismo recomendó al Ministerio del Interior "la realización de una investigación para aclarar la responsabilidad administrativa de los funcionarios que intervinieron". Además, reiteró "anteriores recomendaciones realizadas" al mismo ministerio "a los efectos de que mejore la formación y la capacitación del personal policial respecto al desarrollo de procedimientos de detención y uso legal de la fuerza".
La denuncia de este caso de abuso policial fue realizada por las organizaciones sociales Ni Todo Está Perdido (Nitep, integrada por personas en situación de calle) y Colectivos Contra la Represión. Las organizaciones señalaron que en Cuareim y Colonia dos patrulleros intervinieron cuando vieron que algunas personas estaban durmiendo en la vía pública. En la denuncia, las organizaciones señalaron que "se sabe que lamentablemente cada vez son más las personas que no pueden 'quedarse en casa' pues no tienen acceso al derecho a la vivienda".
Entre otras agresiones registradas ese día, los colectivos señalaron que "uno de los efectivos golpea contra el piso la cara de una de las personas que vivían allí, apoyando su rodilla y todo el peso de su cuerpo encima del joven".
A su vez, denuncian que una mujer que allí dormía fue "reducida por dos efectivos varones, arrojando su celular al suelo, tirada al piso, torciendo sus brazos y, sin explicación alguna, infringiendo dolor innecesariamente, pues nunca hubo resistencia".
Esta mujer agredida, a quien le arrojaron el celular al piso cuando intentaba filmar la agresión al otro joven, fue detenida y posteriormente liberada.
La INDDHH pidió información y registros al Ministerio del Interior, pero las pruebas no fueron aportadas.
Tras la investigación realizada, la INDDHH expresó que "existen elementos suficientes que permiten llegar a la convicción de que ese día hubo actuación ilegítima de parte de agentes del Estado", que terminó con la detención "arbitraria y violenta" de una persona.
No pasa nada
Con respecto a otra denuncia de abuso policial presentada en 2020, esta vez producto de la detención de una mujer en la puerta del Punta Carretas Shopping tras presuntamente haber robado un chocolate, la INDDHH cerró la investigación del caso por falta de pruebas, aunque uno de los integrantes del organismo consideró que hubo abuso policial y expresó los motivos de su consideración.
El caso, que ocurrió el 9 de setiembre de 2020 y que fue filmado por personas presentes en el lugar, ocurrió cuando la mujer se resistió al arresto y los policías actuantes pidieron apoyos. La detención provocó la molestia de varias personas, y una de ellas obstaculizó la intervención de los efectivos "y forcejeó con el funcionario que había tomado por una pierna a la detenida y la arrastraba hacia el móvil policial". "En ese momento, puede apreciarse cómo uno de los funcionarios lleva su mano a su arma de fuego reglamentaria mientras discute y forcejea con la persona que obstaculizaba el procedimiento", consta en la sentencia de la INDDHH.
En una de las imágenes más vistas de ese procedimiento podía observarse a un policía de brazos cruzados sentado sobre la mujer detenida.
La INDDHH recoge en su sentencia que tanto el ministro Jorge Larrañaga como el entonces jefe de Policía de Montevideo, Erode Ruiz, respaldaron públicamente el accionar policial en este caso.
A pesar de la investigación que intentó llevar adelante, la INDDHH expresó en su sentencia que "no se han recogido los elementos de juicio suficientes para emitir una opinión en relación con los hechos denunciados" y que "no pudo identificarse a la persona objeto de la intervención policial".
No obstante, hubo un voto discorde al cierre de las actuaciones. Fue del director de la INDDHH Juan Faroppa, quien fundamentó su "discordia total con la decisión de la mayoría del Consejo Directivo".
Tras una extensa exposición de motivos, Faroppa expresó que el Consejo Directivo de la INDDHH debió fallar que "el Ministerio del Interior, a través de la Policía Nacional, violó el derecho a la integridad física, psíquica y moral de la mujer detenida".
Faroppa entiende que "la vulneración de derechos se originó en un procedimiento policial irregular, donde no se dio cumplimiento a las normas que incorpora el ordenamiento jurídico vigente en materia de privación de libertad, uso legítimo de la fuerza y seguridad policial".
Entre otras cosas, Faroppa argumentó que la Policía "vulneró las obligaciones específicas vigentes en el país para prevenir, erradicar y sancionar la violencia de género".
Faroppa recomendó al Ministerio del Interior "que difunda públicamente los resultados de las investigaciones internas eventualmente realizadas sobre este caso" y que trabaje para "mejorar la formación y la capacitación del personal policial en materia de uso legítimo de la fuerza".
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