La Intendencia de Montevideo (IM) envió un proyecto de decreto a la Junta Departamental que busca prohibir la instalación en fachadas y cercos de cerramientos límites o estructuras que “representen riesgos significativos para la integridad de las personas que transiten o hagan uso de la vía pública”, informó El País y confirmó Montevideo Portal con fuentes políticas.
El pasado diciembre de 2024, la “arquitectura hostil” estuvo en vilo después de que un joven de 30 años muriera en noviembre tras clavarse un objeto punzante mientras caminaba por Héctor Gutiérrez Ruiz y Durazno.
A raíz del fallecimiento del hombre, el Municipio B pidió a la comuna capitalina “legislar sobre la prohibición de arquitectura hostil”.
La alcaldesa Silvana Pissano planteó “regular la instalación de elementos punzantes, cortantes o similares”, que “tengan potencialidad de provocar daños o riesgos a los transeúntes”
El 12 de diciembre de 2024, la IM, liderada por Mauricio Zunino, resolvió crear un “grupo de trabajo” para “proponer medidas, procedimientos y/o normativa en el uso, instalación y colocación de elementos materiales que integren el concepto de 'arquitectura hostil o agresiva'”.
El proyecto que envió la IM, al que accedió Montevideo Portal, plantea que la “reglamentación podrá establecer los elementos cuya instalación, ya sea por su diseño, ubicación, altura, composición o, en general, por cualquier característica, supongan un riesgo significativo para la integridad física de las personas”.
En “todos los casos en que se constaten transgresiones a esta prohibición, la IM tendrá la facultad de “intimar el retiro de los elementos”. En el caso de no obtener respuesta, podrá quitarlos de la vía pública.
Quienes no cumplan con la normativa de la comuna capitalina podrán ser sancionados con una multa de 20 UR —al mes de enero de 2025, cada una tiene un valor de $ 1.744,40—.
“Para la determinación de la multa podrán considerarse, entre otros, los siguientes criterios: la gravedad de la infracción; el tipo y la jerarquía del edificio —cuando corresponda—, que serán definidos por la reglamentación; la conducta adoptada por el infractor al momento de constatarse la contravención; y las acciones correctivas realizadas con posterioridad, de manera voluntaria”, dice el proyecto de la comuna.
Además, el incumplimiento de la intimación durante el plazo determinado por la autoridad competente podrá ser sancionado con una multa diaria de 2 UR o con el decomiso de todos los elementos instalados, cuando deban ser retirados por la IM.
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