La Intendencia de Montevideo (IM) envió un proyecto de decreto a la Junta Departamental par asumir el costo del 50% de las obras del arreglo de las veredas de la avenida 8 de Octubre, en el tramo que va desde bulevar José Batlle y Ordóñez (Propios) hasta Pan de Azúcar.
La propuesta de la comuna es realizar un arreglo con pavimentos continuos de hormigón, lo que implicará que no haya baldosas, una solución ya aplicada por ejemplo en algunas zonas de Ciudad Vieja y en las inmediaciones del Hospital de Clínicas.
“Se entiende pertinente brindar una solución integral, uniforme, con un material y terminación que de jerarquía al entorno, para ello, los pavimentos continuos de hormigón han demostrado en otros sectores de la ciudad ser una solución ampliamente aplicable y de excelente desempeño, generando un impacto positivo en la percepción uniforme de aceras y su entorno inmediato, a su vez, la intervención debe ser integral y abarcar todas las veredas del tramo involucrado, con la finalidad de lograr una”, justificó la IM en una resolución de inicios de marzo donde promovió el proyecto de decreto, y a la que accedió Montevideo Portal.
La administración agregó que la avenida es una centralidad comercial, por lo que “resulta de interés resulta de interés el mantenimiento de la caminabilidad y accesibilidad universal de las aceras para garantizar la circulación de peatones de forma segura”.
Desde la IM dijeron a Montevideo Portal que la comuna cuenta con el apoyo de los comerciantes de la zona para llevar adelante esta propuesta. En tanto, las fuentes indicaron que los trabajos todavía no comenzaron.
El proyecto de decreto remitido al legislativo departamental promueve una excepción al artículo 2.185 del Volumen VII del Digesto Departamental, que establece la obligatoriedad de la construcción o arreglo de veredas deben ser realizadas por el propietario del inmueble frentista.
“Facultar a la Intendencia de Montevideo a exonerar a los propietarios, poseedores, promitentes compradores con promesa inscripta o con fecha cierta y mejores postores de remate judicialmente aprobado de inmuebles frentistas a las veredas a las que refiere el artículo anterior, el 50% de los costos de las obras”, dice el artículo 2 del proyecto de decreto.
Asimismo, estableció que el monto no exonerado podrá ser abonado en cuotas, ya sea incluido en la Contribución Inmobiliaria o desglosado, para lo que se podrá acordar un convenio de pago.
La aplicación de este régimen especial será por única vez. Una vez finalizadas las obras, volverán a aplicarse las disposiciones habituales.