El presidente de la República junto a la totalidad de su gabinete decretó el pasado 2 de septiembre una nueva prórroga a la obligatoriedad de que los productos alimenticios informen con un etiquetado octogonal si tienen exceso de alguna sustancia nociva para el cuerpo, informó La Diaria y confirmó Montevideo Portal.
Según el decreto al que se puede acceder en la web de Presidencia, la fiscalización de las autoridades entrará en vigencia a partir del 1º de febrero de 2021.
"Se entiende pertinente revisar los criterios para definir el contenido excesivo de sodio, azúcares, grasas y grasas saturadas a fin de establecer valores más adecuados, que permitan alcanzar los objetivos legítimos del Reglamento Técnico establecido por el Decreto Nº 272/018, ajustándolos a las recomendaciones recibidas", justifica el Ejecutivo en el nuevo decreto.
El rotulado de alimentos se estableció en un decreto de agosto de 2018 y daba 18 meses a las empresas para adaptarse a la norma. Sin embargo, con el arribo del nuevo gobierno en marzo de 2020 se prorrogó por 120 días.
En ese momento, el fin era "evaluar lo relativo al rotulado de alimentos, valorando la armonización en el marco de la normativa del MERCOSUR, reconociendo el rol de rectoría del Ministerio de Salud Pública", y se creó una Comisión integrada por los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Educación y Cultura, Economía y Finanzas, de Industria, Energía y Minería y de Salud Pública a la cual se encomendó la referida tarea.
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