A través de un decreto firmado por el presidente Luis Lacalle Pou, las líneas nacionales de transporte colectivo estarán obligadas al traslado gratuito de pasajeros con discapacidad en el transporte suburbano e interdepartamental "con derecho a asiento o lugar reservado".
El decreto, al que accedió Montevideo Portal, señala que "para acceder al beneficio previsto en el artículo precedente, los interesados deberán gestionar previamente, en las condiciones que establece el decreto, el carné de transporte gratuito para personas con discapacidad".
"Tendrá derecho al carné de transporte gratuito toda persona con discapacidad, que acredite la misma mediante certificación expedida por el Departamento de Certificaciones y Juntas Médicas del Ministerio de Salud Pública, debiendo presentarla luego ante las empresas de transporte", agrega el texto.
El carné "será válido de acuerdo a la transitoriedad o permanencia de la discapacidad", dice el documento. La Dirección Nacional de Transporte del MTOP se encargará de controlar el mal uso del carné.
En febrero de 2010, a través de la ley 18.651, se estableció que todas las empresas de transporte colectivo terrestre de pasajeros estaban obligadas a trasladar de manera gratuita a las personas con discapacidad y con este decreto se dio el paso para esta medida.
El decreto fue firmado el pasado 21 de mayo, pero se dio a conocer este jueves. "Hay que comenzar a ver la forma instrumentación", informaron fuentes del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) a Montevideo Portal. La medida aplica para ómnibus suburbanos e interdepartamentales.