Este miércoles el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social publicó el decreto firmado que limita las ocupaciones de trabajo tanto en lugares públicos como privados, reglamentando las disposiciones de la ley de urgente consideración.
El decreto señala que "ocurrida una ocupación por parte de trabajadores de una dependencia pública, cualquiera sea la naturaleza jurídica de ésta, o de una empresa o institución privada, el jerarca o empleador podrá solicitar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social su intervención".
El texto establece que "el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social podrá convocar a una instancia de conciliación en plazo perentorio, sin perjuicio de intimar en cualquier momento, antes, durante o después de esa instancia, a la desocupación en forma inmediata, bajo apercibimiento del uso de la fuerza pública".
"De persistir la ocupación, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social solicitará al Ministerio del Interior el desalojo inmediato de los ocupantes", agrega el documento.
Además, el mismo procedimiento "se aplicará para aquellos casos en que los ocupantes no fueren funcionarios o empleados de la dependencia, empresa, institución o establecimiento ocupado".
"El ejercicio del derecho de huelga y la ocupación del lugar de trabajo deben respetar la libertad de trabajo de los no huelguistas, así como el derecho de la dirección de la empresa de penetrar en las instalaciones de la misma", dice el documento.
El decreto está firmado por el presidente Luis Lacalle Pou y los ministros de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres, y del Interior, Jorge Larrañaga.
Gobierno aprobó decreto que limita ocupaciones en lugares de trabajo públicos y privados by Montevideo Portal on Scribd