El fiscal especializado en delitos de lesa humanidad, Ricardo Perciballe, leyó por primera vez en audiencia la acusación y pidió este lunes a la Justicia la condena de José Arab, Jorge Silveira y Ricardo Medina a 30, 22 y 10 años de penitenciaría, respectivamente, por una serie de delitos cometidos en el marco del Plan Cóndor, vinculados con los asesinatos de Zelmar Michelini Guarch y Héctor Gutiérrez Ruiz, Rosario Barredo Longo y William Whitelaw Blanco en 1976.

En una audiencia que fue transmitida en vivo a través del canal de YouTube de la Asociación de la Prensa del Uruguay, Perciballe solicitó la condena de José Ricardo Arab Fernández a “30 años de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida y de su cargo las accesorias de rigor”.

En su caso, según indicó, se solicita la condena “como coautor penalmente responsable de 12 delitos de homicidio especial y muy especialmente agravado, dos delitos de desaparición forzada, dos delitos de sustracción de menores, dos delitos de suspensión y supresión de estado civil, cuatro delitos de rapiña en reiteración real con reiterados delitos de privación de libertad. Reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y estos en concurso formal con reiterados delitos de lesiones graves y algunos de los anteriores en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de privación de libertad”.

Para Jorge Silveira Quesada se pidió la pena de 22 años de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida y de su cargo “las medidas accesorias de rigor”. Esto como “coautor penalmente responsable de dos delitos de homicidio especialmente agravados, dos delitos de homicidio especial y muy especialmente agravados, dos delitos de sustracción de menores, dos delitos de supresión y suspensión de estado civil en reiteración real con reiterados delitos de privación de libertad, reiterados delitos de abuso de autoridad contra detenidos en concurso formal con reiterados delitos de lesiones graves en calidad de autor. Y estos en concurrencia fuera de la reiteración con ocho delitos de privación de libertad en calidad de coautor”.

Por último, también Fiscalía solicitó que se condene a Ricardo Medina Blanco a 10 años y seis meses de prisión “como coautor penalmente responsable de dos delitos de sustracción de menores, dos delitos de suspensión y suposición de estado civil, un delito de rapiña, nueve delitos de privación de libertad, dos delitos de abuso de autoridad contra detenidos en concurso formal con dos delitos de lesiones graves”.

Según explicó Perciballe a Montevideo Portal, estas condenas se piden por el Código del Proceso Penal implementado en 2017, lo que quiere decir que los hombres ya están formalizados, dado que las denuncias de los casos por los que fueron imputados se realizaron luego de 2017.

Dentro de la audiencia, Perciballe expresó: “Los asesinatos de los legisladores Zelmar Michelini Guarch y Héctor Gutiérrez Ruiz y de los militantes políticos Rosario Barredo Longo y William Whitelaw Blanco fueron un verdadero crimen de Estado”.

“En razón de ello, fueron condenados como coautores de los homicidios referenciados el expresidente de la República Juan María Bordaberry y el excanciller Juan Carlos Blanco. Ahora bien, ellos no fueron los únicos responsables de tan aberrantes hechos”, apuntó.

“Para que un atentado de esta magnitud aconteciera debió desplegarse un operativo de inteligencia y de logística que irremediablemente involucró a un conjunto importante de personas”, agregó.

Tras esto se procedió a acusar a los tres investigados.

De todas maneras, los tres (Medina, Silveira y Arab) permanecen presos desde 2006. De acuerdo con la página oficial Sitio de Memoria, ese año se los procesó junto con los represores Ernesto Ramas, José Gavazzo, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Vázquez, con prisión preventiva por un delito de privación de libertad con un delito de asociación para delinquir. Si bien en la indagatoria se mencionaban más víctimas, la única considerada en esa instancia fue Adalberto Waldemar Soba Fernández, ya que era el único caso excluido de la ley de Caducidad de los mencionados.

El 26 de marzo de 2009 se terminó procesando a Silveira, Vázquez, Ramas, Arab y Gavazzo como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real, con penas de 25 años de penitenciaría, mientras que a Maurente, Medina y Sande Lima por los mismos delitos se los condenó a 20 años de penitenciaría.