El fiscal Enrique Rodríguez, titular de la Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos de 1er. Turno, archivó este jueves la denuncia que realizó el Poder Legislativo por espionaje en democracia luego de que se haya realizado una comisión investigadora en la que se analizó este tema.

Según explicaron desde el Ministerio Público, el fiscal Rodríguez archivó la causa porque los delitos cometidos, que fueron varios, prescribieron dado que el plazo mayor de la condena es de 10 años. No obstante, la resolución confirma efectivamente que existió el espionaje en democracia a partidos políticos, organizaciones sociales, sindicatos y periodistas, entre otros.

Además, se constató la comisión de delitos como violación de domicilio e interceptaciones telefónicas con un débil control institucional sobre esos actos. Desde la Fiscalía dijeron que los aparatos que se utilizaron durante de la democracia habían quedado de la época de la dictadura. Rodríguez comunicó que no hará declaraciones a la prensa sobre el tema.

La sentencia, que fue publicada completa, señala que la investigación concluyó que la evidencia obtenida es “contundente” en cuanto a “acciones irregulares e ilícitas de espionaje desde 1985 hasta el 2005 por agencias de inteligencia del Estado, entre ellas, la Dirección Nacional de Información e Inteligencia, la Dirección General de Información de Defensa, todas ellas dependientes de los Ministerios del Interior y Defensa Nacional.

“Queda claro también, que el objetivo del denominado espionaje fueron los partidos políticos, líderes y partidarios de estos, de distintos sectores. A su vez, lo fueron movimientos populares, los sindicatos, las organizaciones sociales, y en algún caso, integrantes de otros Poderes del Estado, y un Ente Autónomo”, señala la sentencia.

“Siendo como se dijo que los presuntos delitos cometidos tienen una pena máxima inferior a diez años, en particular, la mayoría de ellos tiene penas máximas de tres años de penitenciaría, en otros se castigan con una pena de veinticuatro meses de prisión y en algunos de los casos mencionados en el numeral XIII), incluso tienen solamente pena de multa”, expone Rodríguez, según queda establecido en el texto.

Finalmente, afirma que, computado el tiempo transcurrido desde la fecha en que ocurrió el accionar delictivo hasta que tomó conocimiento la Justicia, transcurrieron 13 años, por tanto, los delitos constatados prescribieron.