Contenido creado por Cecilia Presa
Locales

Lo que decía la Charoná

Feriado del 19 de abril: ¿qué se conmemora, para cuándo se corre y por qué?

Si bien cae este viernes, por ley se debe mover para el lunes inmediatamente posterior para fomentar el turismo.

15.04.2024 20:32

Lectura: 2'

2024-04-15T20:32:00-03:00
Compartir en

Montevideo Portal

El próximo viernes 19 de abril se conmemora el desembarco de los Treinta y Tres Orientales, llamada también Cruzada Libertadora.

Según la web de Uruguay Educa, perteneciente a la ANEP, “ha sido considerado por distintos historiadores como uno de los acontecimientos más importantes de nuestra historia”.

Se trata de un feriado laborable, y, por tratarse de un viernes, se correrá para el próximo lunes 22 de abril.

La Ley 16.805, de 24 de diciembre de 1996, y su modificativa, Ley 17.414, de 8 de noviembre de 2001, establecen que los feriados declarados por ley siguen un régimen que depende cada año de en qué día de la semana caen.

“Si coincidieran el sábado, domingo o lunes, se observarán esos días; si ocurrieran en martes o miércoles, se observarán el lunes inmediato anterior; si ocurrieren en jueves o viernes, se observarán el lunes inmediato siguiente”, dice el texto legal. Este último es el caso de lo que se sucede esta semana.

Todo esto para fomentar el turismo.

Por otro lado, los feriados no laborables quedan exceptuados de este régimen y no se corren. Estos son: los feriados de Carnaval y Semana de Turismo y los correspondientes al 1º y 6 de enero, 1º de mayo, 19 de junio, 18 de julio, 25 de agosto, 2 de noviembre y 25 de diciembre.

En cuanto a la remuneración en el caso de este feriado laborable que queda para el 22 de abril, el trabajador que gana salario por día no cobra su jornal. Mientras que el mensual cobra el mismo sueldo de siempre. Si se trabaja, el jornalero cobrará por ese día, pero al mensual no se le paga más de la cantidad fija.

A fines de agosto de 2021 el Ejecutivo presentó al Parlamento un proyecto de ley de artículo único para derogar el corrimiento de los feriados. “Derógase la Ley N° 16.805, de 24 de diciembre de 1996”, reza el artículo, que sigue en Diputados desde entonces.

Montevideo Portal