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Política

Desempolvando

FA impulsa proyecto que establece imprescriptibilidad en delitos sexuales contra menores

La iniciativa ingresó al Parlamento en agosto de 2020, pero no fue tratada. Para priorizarla, pedirán que cambie de comisión en el Senado.

03.04.2023 19:38

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2023-04-03T19:38:00-03:00
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Montevideo Portal

En agosto de 2020, la bancada de senadores del Frente Amplio (FA) presentó un proyecto de ley en la Comisión de Constitución y Código para modificar el artículo 119 del Código Penal y establecer la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.

La iniciativa fue presentada por la senadora Amanda Della Ventura, con el apoyo de Liliam Kechichian, Silvia Nane, Óscar Andrade, Mario Bergara, Eduardo Bonomi, Charles Carrera, Daniel Olesker y Enrique Rubio.

En la exposición de motivos, se argumenta que “los delitos que se pretenden declarar imprescriptibles con el presente proyecto, el fundamento del paso del tiempo vinculado a la prescripción no es de aplicación por las características muy particulares que tiene, y fundamentalmente por el tipo de afectación que provoca en las víctimas”.

“El proyecto de ley que se propone sigue con la tendencia regional, y considerando expresamente la protección especial de las niñas, niños y adolescentes, de establecer en la legislación penal nacional la imprescriptibilidad de los delitos sexuales cometidos contra niñas, niños y adolescentes. Las especificidades de estos hechos delictivos son incompatibles con las reglas generales de la prescripción, siendo frecuente la impunidad de múltiples casos por haber prescrito el delito al momento en que la víctima logra autonomía y pueden transitar los procesos psicológicos internos imprescindibles para su acceso a la Justicia”, se justifica en el texto.

Puntualmente, se apunta que, entre los operadores del derecho y otros técnicos especializados, “es unánime la opinión de que la edad y el grave daño psíquico” son razones suficientes para establecer la imprescriptibilidad de ese tipo de delito.

“Puede ocurrir que cuando se retome la acción penal por alguien que sufrió abusos siendo menor, el delito haya prescrito en función de las normas generales del Código Penal referidas a la Prescripción (artículo 117). El proyecto que se presenta no desconoce la relevancia del Instituto de la Prescripción dentro de nuestro Derecho Penal, pero se considera que dicho instituto no tiene por qué ser de aplicación obligatoria para todos los delitos. Se entiende que los delitos que se excluyen en el presente proyecto, dada su particular característica, deben ser excluidos del sistema general de prescripción establecido en el Código Penal”, argumentaron los legisladores frenteamplistas.

El proyecto propone la modificación del artículo 119 del Código Penal para establecer la siguiente redacción: “Los delitos previstos en los artículos 272, 272 bis, 273 bis y 274 del título X y en la Ley 17.815 en los cuales la víctima haya sido una niña, niño o adolescente, son imprescriptibles”.

La Ley 17.815 (2004) tipificó seis delitos vinculados a la violencia comercial o no comercial contra niños, adolescentes o incapaces. Dichos delitos son: fabricación o producción de material pornográfico con utilización de personas menores de edad o incapaces; comercialización y difusión de material pornográfico; retribución o promesa de retribución a personas menores de edad o incapaces para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo; y contribución a la explotación sexual de personas menores de edad o incapaces, entre otros.

Por su parte, los delitos previstos en el Código Penal a partir del artículo 272 refieren a la violación, el abuso sexual —y al especialmente agravado—, y “actos libidinosos que corrompiere a persona mayor de 12 años menor de 18”.

Las penas por el delito de explotación o abuso sexual van de los dos a 12 años de penitenciaría, pero prescriben después de que pasaron entre 10 y 15 años de cometido el ilícito.   

Prioridad

En diálogo con Montevideo Portal, la senadora del Frente Amplio Silvia Nane comentó que el proyecto fue presentado en la Comisión de Constitución y Código, pero a pesar del pedido de que la iniciativa fuera priorizada, no fue tratado.

En respuesta, la senadora comentó que el pasado 21 de marzo (antes de que la denuncia contra el senador Gustavo Penadés se hiciera pública) pidió que el proyecto se derive a la Comisión de Derechos Humanos y Género que preside, con el objetivo de que la iniciativa avance en el Parlamento. Para que esto suceda, es necesario que la Comisión de Constitución y Código rectifique el trámite iniciado por la de Derechos Humanos y Género.

“Este proyecto es fundamental, sobre todo por la señal que da. Hay cosas que no pueden ser y, desde el mundo adulto, hay que dar señales de protección a niños y adolescentes”, dijo Nane.

Un aspecto a considerar en caso de que el proyecto finalmente sea tratado en 2023, y que fue recordado por Della Ventura en la Comisión de Derechos Humanos y Género, es la retroactividad de la ley.

“Hasta que eso no se apruebe, no corre. Como sabemos, las leyes corren para adelante. Un delito que se denuncia hoy, en realidad, no corre hacia atrás. Esa era una de las cosas que sabíamos. El proyecto en sí es para que no prescriba, pero una vez aprobado recién empieza a correr hacia adelante”, recordó Della Ventura, según consta en la versión taquigráfica.

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