La bancada de senadores del Frente Amplio (FA) entregó este martes una ampliación de la denuncia penal presentada en la Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos de 3° Turno, que está a cargo de Gilberto Rodríguez, por el acuerdo celebrado entre el Poder Ejecutivo y Katoen Natie, que otorgó a esta empresa belga la concesión por 50 años de la terminal especializada de contenedores del Puerto de Montevideo.
La oposición asegura en la denuncia que los jerarcas Luis Alberto Heber, Rodrigo Ferrés, Juan Curbelo y Juan José Olaizola cometieron el delito de abuso de funciones durante el proceso de la firma del acuerdo entre Katoen Natie y el Estado uruguayo.
La empresa belga Katoen Natie es titular del 80% de Terminal Cuenca del Plata (TCP), terminal especializada en contenedores en el Puerto de Montevideo, mientras que el restante 20% está en manos de la Administración Nacional de Puertos (ANP), en representación del Estado uruguayo.
“En definitiva, tras haber confrontado el relato de hechos y la contundente evidencia colectada con los elementos del delito previsto por el artículo 162 del Código Penal, ha quedado probada la comisión de este delito por todos los denunciados, sin perjuicio de que procedan —conforme se evidencia en este escrito— nuevas imputaciones por la comisión de delitos más graves. Por consiguiente, resulta ineludible que la Fiscalía proceda a la inmediata formalización inicial de Juan Curbelo por el delito de abuso innominado de funciones no previstos especialmente por la ley. Asimismo, deberá tomarse en cuenta los elementos denunciados en la presente ampliación, que acreditan la participación de Heber y Ferrés en el delito de fraude por haber obrado con engaño a la administración”, aseguran.
El artículo 162 del Código Penal, que tipifica el abuso innominado de funciones, establece que “el funcionario público que con abuso de su cargo, cometiere u ordenare cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones del Código o de las leyes especiales, será castigado con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría, inhabilitación especial de dos a cuatro años y multa de 10 UR (Unidades Reajustables) a 3.000 UR”.
Los senadores de la oposición sostienen en la denuncia que el objetivo de la ampliación es “introducir cuatro hechos nuevos a la investigación” y detallar la “tipificación de los delitos” involucrados en la operativa.
Para la bancada de senadores del FA hubo “violación a ley de acceso a la información pública”, por un “ocultamiento deliberado” por parte de la ANP de un dictamen de Jurídica del organismo que afirma que no es justificada la pretensión de Katoen Natie de tener preferencia o exclusividad en el uso de la terminal portuaria.
“Este dictamen, que reiteraba y reforzaba la posición que había sostenido la Asesoría Jurídica de la ANP en 2016, en el sentido de que TCP (Terminal Cuenca del Plata) no goza de derechos exclusivos ni preferentes era conocido por el presidente de la ANP, Juan Curbelo, puesto que fue elevado al Directorio de la ANP en la época que él mismo integraba en carácter de director vocal. Resulta evidente que Curbelo conocía esta posición de la ANP y que de manera intencional la ocultó, no solo al resto de los negociadores del acuerdo, sino también a la bancada del Frente Amplio, cuando esta hizo el pedido de acceso a la información pública”, señalan los legisladores en el escrito.
Abuso de funciones
La ampliación de la denuncia también hace mención a que la ANP “dejó correr el plazo de 30 días para que el plan de inversiones” de la empresa fuera aprobado de forma tácita, como habilita el procedimiento establecido en el decreto 114/021.
“En estas circunstancias, las autoridades de la ANP tomaron la decisión de dejar vencer el plazo, y aprobar tácitamente el plan de Inversiones, sin recabar los informes técnicos del organismo, como hubiera correspondido. El presidente Juan Curbelo y la secretaria general Laura Reinaldo resolvieron la no tramitación en tiempo y forma del expediente y cuando debieron actuar los organismos técnicos, no pudieron hacerlo debido a que el plazo determinado por el decreto 114/021 ya estaba vencido”, cuestiona el documento.
En esta línea, el FA entiende que Curbelo incurrió en “abuso de funciones” debido a que, como presidente de la ANP, no elevó al directorio el decreto del reglamento general de atraque de buques y el plan de inversiones de la empresa en tiempo y forma.
Por otra parte, la ampliación de la denuncia también refiere a la respuesta de la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) a una consulta del fiscal. Los senadores de la oposición señalan que el informe que votaron la presidenta y el vicepresidente de la Jutep “no solo es contrario a derecho, sino, también, contradictorio en su fundamentación con la propia resolución del Tribunal de Cuentas”.
“Téngase presente que la Resolución del Tribunal de Cuentas reconoce la ilegalidad del accionar del presidente de la ANP Juan Curbelo. A su vez, resulta llamativo e inadmisible el hecho de que no se haya incorporado a la resolución de la Jutep la constancia de la existencia de una discordia y su fundamentación. Resulta clara la existencia de conductas reñidas con las normas de la administración y la ética públicas en la firma del acuerdo de 25 de febrero de 2021 por parte de los denunciados Luis Alberto Heber, Juan José Olaizola, Rodrigo Ferrés y Juan Curbelo”, denuncian, y agregan que las autoridades impidieron incluir en la resolución la postura discordante con el informe de la directora vocal de la Jutep Ana Ferraris, representante del FA en el organismo.
En esta línea, los senadores critican la forma de proceder de la mayoría de la Jutep y solicitan que se cite a declarar a Ricardo Gil Iribarne, “quien tuvo una prestigiosa gestión dirigiendo dicho organismo”.
A su vez, agregan que el organismo actuó “con absoluta falta de ecuanimidad” si se comparan los informes sobre este acuerdo con el del Antel Arena y el de Gas Sayago.
Ferrés y Olaizola
Otra de las novedades mencionadas en la ampliación de la denuncia está vinculada al prosecretario de Presidencia, Rodrigo Ferrés, y al subsecretario de Transporte, Juan José Olaizola, quienes, según los senadores, “ocultaron a la Fiscalía, a la oposición y a la opinión pública en general el rol que desempeñaron durante muchos años como asesores de los distintos directores vocales de la ANP en las administraciones anteriores, y en particular en el último tramo, respecto del ahora presidente de la ANP Juan Curbelo”.
Los legisladores apuntan a que Olaizola se desempeñó como asesor del director vocal desde 2010, mientras que Ferrés lo hizo desde 2015, “vinculándose luego, a partir de febrero de 2017, como asesor del entonces director vocal Juan Curbelo”.
“Ni Ferrés ni Olaoizola hicieron referencia alguna a la existencia de estos antecedentes que los ubicaban en un ámbito propicio para tejer relaciones con el grupo Katoen Natie desde mucho antes de empezar a negociar el acuerdo cuestionado. No lo hicieron en su comparecencia ante el Parlamento ni tampoco en Fiscalía. De haberse conocido estas vinculaciones, en la oportunidad de declarar como indagados se les podría haber consultado cómo permitieron que durante tantos años se incumpliera la preferencia o exclusividad que ahora le reconocieron al grupo Katoen Natie, sin efectuar ninguna advertencia a los directores a los que asesoraban. O de lo contrario, deberían haber admitido que en toda la historia de la terminal TCP, ni el grupo Katoen Natie ni ningún otro actor portuario había reclamado jamás la existencia de prioridad, preferencia o exclusividad alguna, ya que hasta que los indagados estamparon sus firmas el día 25 de febrero de 2021 lo que preveía el orden jurídico era la libre competencia entre la terminal especializada y los operadores de muelles públicos”, se afirma en la denuncia presentada.
Falsificación ideológica y fraude
Finalmente, los legisladores frenteamplistas concluyen que “hay evidencia de la comisión de los siguientes delitos”: falsificación ideológica de documento público, fraude y abuso de funciones.
Para los legisladores, Ferrés y Heber (en su calidad de exministro de Transporte y Obras Públicas) habrían cometido el delito de fraude.
“De los hechos probados surge que se habría actuado deliberadamente para engañar a buena parte de las autoridades del Poder Ejecutivo, al Poder Legislativo y a la mayoría de los directores de la ANP sobre el contenido del acuerdo, del cual se derivó un daño millonario para el Estado. En consecuencia, quienes habrían actuado con engaño y suscribiendo el acuerdo con Katoen Natie, beneficiando ilícitamente a la concesionaria y causándole a la vez daños multimillonarios al Estado uruguayo, mediante engaño, son el exministro de Transporte y Obras Públicas, Luis Alberto Heber, y el prosecretario de la Presidencia, Rodrigo Ferrés”, apunta el documento, que presenta un reporte cronológico sobre la firma del acuerdo entre Katoen Natie y el Gobierno uruguayo.
“La conducta desarrollada por el
denunciado Heber se desarrolló mediante
el abuso de los poderes del cargo de ministro de Estado que ocupaba y el
delito de fraude habría quedado consumado cuando culminó la maniobra,
posibilitada por su continuo proceder engañoso, en el dictado de la resolución y decretos ilícitos
de 21 de abril de 2021, beneficiando ilegítimamente a la concesionaria y dañando gravemente el
patrimonio estatal, actual y futuro. En consecuencia, no puede describirse tal
conducta sino como fraudulenta, cometida mediante engaño, dañando al Estado
uruguayo”, expresan.
Por su parte, en referencia a Ferrés, añaden: “El prosecretario de Presidencia cumplió un rol indispensable en este entramado que culminó con la firma del acuerdo al que largamente hemos acreditado su inconstitucionalidad e ilegalidad, y sin sus acciones, el mismo no podría haberse efectuado. Surge probado que fue Ferrés el que convocó al ‘grupo de trabajo’ que negoció de forma secreta con la concesionaria Katoen Natie el acuerdo millonario. Surge probado el conocimiento de la normativa y del alcance de las acciones llevadas a cabo en este proceso, ya que Ferrés tenía al igual que Heber un conocimiento cabal y ‘desde dentro’ de la ANP”.
El delito de fraude está previsto en el artículo 160 del Código Penal y establece que "el funcionario público que, directamente o por interpuesta persona, procediendo con engaño en los actos o contratos en que deba intervenir por razón de su cargo, dañare a la Administración, en beneficio propio o ajeno, será castigado con doce meses de prisión a seis años de penitenciaría, inhabilitación especial de dos a seis años y multa de 50 UR (cincuenta unidades reajustables) a 15.000 UR (quince mil unidades reajustables)".