Contenido creado por Gerardo Carrasco
Economía

El que la contrata, la paga

España: ley de alquileres prohíbe que le cobren al inquilino comisión de la inmobiliaria

Al igual que en nuestro país, suele equivaler al valor de un mes de renta. Desde ahora será de pago exclusivo del propietario.

17.04.2023 08:43

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2023-04-17T08:43:00-03:00
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La nueva Ley de la Vivienda aprobada en los últimos días en España pone en el foco en el alquiler. Con el objetivo de que el acceso a la vivienda se realice en condiciones asequibles, el gobierno del país ibérico dispuso una serie de medidas que afectan tanto a inquilinos como a propietarios.

Una de las más modificaciones más destacadas es la que consolida el tope al precio del alquiler. Según consigna la emisora local Onda Cero, este año se mantendrá el tope de del 2% para este año en la subida del alquiler, límite que se incrementará al 3% en 2024 para, antes del 31 de diciembre del próximo año, crear un nuevo índice de referencia aplicable en todo el país.

Así, el IPC dejará de ser el índice de referencia para la actualización anual de la renta de los contratos y el nuevo indicador, de cuya elaboración se encargará el Instituto Nacional de Estadística (INE), pretende ser más estable e inferior a la evolución del IPC. Además, será aplicable también en aquellos contratos firmados con anterioridad a la ley que estuvieran sujetos al IPC.

Otro de las novedades de la nueva ley es que los propietarios de las viviendas en alquiler serán los que tendrán que abonar los honorarios de las agencias inmobiliarias. En concreto el texto recoge que "los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán siempre a cargo del arrendador" independientemente de si se trata de personas físicas o jurídicas.

De este modo, el inquilino no tendrá que pagar los honorarios de la inmobiliaria cuando es el propietario el que ha contratado los servicios de la agencia. Este pago extra, habitual hasta ahora al igual que en nuestro país, consistía por lo general en el equivalente a un mes de alquiler, y se abonaba al momento de firmar el contrato de arrendamiento.