Montevideo Portal | Pablo Méndez
@pablomendezmvd
¿Cómo se inició la causa contra Muamar Gadafi?
El 26 de febrero de 2011 el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, por unanimidad de sus 15 miembros, acordó la resolución 1970 (2011) en relación a Libia. En esta importantísima resolución, entre otros acuerdos, se decidía trasladar al Fiscal el conocimiento de los hechos que estaban ocurriendo en Libia desde el 15 de febrero para que este decidiese, en su caso, iniciar un procedimiento de investigación. Por tanto, el caso se inicia por la decisión unánime de la Comunidad internacional ante los gravísimos hechos que se estaban produciendo y de los que eran testigos los medios de comunicación y las redes sociales.
¿Cuáles son las pruebas en las que se está trabajando para el caso Libia?
El equipo dirigido por el Fiscal de la Corte Penal Internacional, Dr. Moreno Ocampo, maneja distintas fuentes de prueba, declaraciones testificales, que en este momento se aproximan a la centena. Se trata de testigos directos, que salieron de Libia y que presenciaron episodios allí ocurridos. No se tomó declaración a ningún testigo en el interior del país porque la Fiscalía tiene que garantizar la seguridad e integridad de todos de los testigos y también de los investigadores y la situación de conflicto armado que en la actualidad se vive en este país hace muy difícil la salvaguarda de esa seguridad. Estos testimonios se recabaron en más de 30 misiones y a lo largo de más de 11 países. También se analizaron miles de documentos y de material videográfico. Se contó con la colaboración de expertos. Se utilizaron informes de instituciones y organismos. Lo más destacado es que este trabajo de investigación se realizó en tiempo record. A penas dos meses desde la encomienda de Naciones Unidas y la Fiscalía presentó la solicitud de orden de arresto contra tres personas (Gadafi, su hijo Saif Al Islam y Al-Sanussi, jefe de los servicios de inteligencia militar) por encontrar pruebas de su presunta participación de crímenes contra la humanidad en su modalidad de asesinato y persecución. La Fiscalía no cesó en sus investigaciones, se siguen tomando nuevos testimonios, se sigue profundizando en los nuevos delitos y hechos tanto acaecidos como los que se están produciendo en tiempo real.
¿Tendría alguna incidencia positiva, si Gadafi se presentara por sus propios medios ante la Corte?
Evidentemente el sometimiento a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional por parte de Gadafi supondría la posibilidad de su enjuiciamiento, habida cuenta de que está proscrito el juicio en ausencia o rebeldía. Pero, lo más importante es que expresaría un reconocimiento expreso de la jurisdicción de la Corte.
¿La intervención de la OTAN incide de alguna manera en el proceso judicial?
El Proceso judicial es autónomo e independiente en relación a cualquier actuación política, diplomática o militar. Las actuaciones de la Fiscalía y de la Corte están, y así debe ser, revestidas de una imparcialidad e independencia y se rigen por parámetros legales y por principios jurídicos. No obstante, se trata de un Tribunal internacional que depende en muchas ocasiones de la cooperación internacional para el desarrollo de sus competencias. Por tanto las acciones sobre Libia pueden determinar la efectividad de las decisiones de la Corte Penal Internacional.
¿Cuáles podrían ser las consecuencias de una comparecencia de Muamar Gadafi en la CPI?
El Fiscal Jackson, en su alegato inicial del juicio de Nuremberg tras la Segunda Guerra Mundial, donde se juzgaban los tremendos crímenes cometidos por los nazis, afirmó: "El trato que un gobierno da a su propio pueblo, normalmente no se considera como asunto que concierne a otros gobiernos o la comunidad internacional de los estados. El maltrato, sin embargo, de alemanes por alemanes durante el nazismo traspasó, como se sabe ahora, en cuanto al número y a las modalidades de crueldad, todo lo que la civilización moderna puede tolerar. Los demás pueblos, si callaran, participarían de estos crímenes, porque el silencio sería consentimiento."
¿Qué derivaciones, desde el punto de vista político, cree que podría tener el caso?
Puedo hacerle una valoración procesal, judicial o jurídica del caso Libia. Las valoraciones políticas no competen a los juristas que hemos o están trabajando desde la Justicia. No cabe duda que es un caso fundamental, histórico en la defensa de los derechos humanos, en la defensa de la legalidad internacional. Por primera vez en la historia se están investigando hechos en tiempo real, mientras se producen. Se esta realizando en tiempo record. Diría que a contra reloj. La Corte Penal Internacional está actuando de forma contundente y directa sobre los hechos y los presuntos autores. Creo que esto significa un antes y un después en la trayectoria de la Corte que la hace una verdadera institución del siglo XXI. La Fiscalía ha sido un motor dinamizador que ha estado a la altura histórica que procedía una vez la comunidad internacional así lo decidió y permitió su actuación, no olvidemos que ese fue el requisito legitimador imprescindible para actuar habida cuenta de que Libia no forma parte de la Corte Penal Internacional.
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