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A partir del 1° de enero entró en vigencia la Ley de Rendición de Cuentas aprobada por el Parlamento. La normativa permite que se apliquen dos artículos que fueron propuestos por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), que abordan la inscripción de recién nacidos y el matrimonio civil.
En cuanto al primer punto, hasta ahora los bebés debían ser anotados en el lugar donde nacían. Con el cambio implementado en la Rendición de Cuentas, podrán ser inscriptos en el lugar donde esté el domicilio de la madre, con previa aprobación de ambos progenitores.
El segundo cambio que se implementa es que ahora los matrimonios civiles se pueden celebrar en cualquier departamento del país, con independencia de dónde sea que viva la pareja. Antes, la celebración debía ser en el lugar donde vive uno de los futuros contrayentes.
De acuerdo al comunicado difundido por el MEC, estas medidas son de carácter descentralizador, y se suman a otras que ya se tomaron el año pasado.
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