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El rol de Mujica y las “tiritas” de Apezteguía: qué dice el fallo millonario por Pluna

En el documento, de más de 200 páginas, se menciona a López Mena y los cruces del gobierno en los medios.

28.02.2024 08:20

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2024-02-28T08:20:00-03:00
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Montevideo Portal

El Tribunal Arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas e Inversiones (Ciadi) hizo pública hace algunas horas la resolución que obliga al Estado uruguayo a pagar una suma millonaria para indemnizar a la empresa panameña Larah, accionista de Pluna. 

El documento concluye que “a través de un conjunto de medidas que resultaron en la paralización de la compañía y su pérdida de valor total”, Uruguay “expropió ilegalmente la inversión realizada por Larah”. 

En el documento al que accedió Montevideo Portal, de 242 páginas, se repasa la historia y los diferentes periplos de la aerolínea de bandera. La Ciadi aseguró que es un “hecho controvertido” la gestión que hizo Varig al frente de Pluna, que llevó a una pérdida de US$ 10 millones. 

El fallo también se remonta a 2012 y califica como “medidas ilícitas” una serie de decisiones que tomó el Estado uruguayo con el fin de “obstaculizar la gestión de los privados para retomar el control de la compañía para cerrarla y poner fin a la garantía prevista en el Acuerdo para el Cierre de la transacción”. 

Por otro lado, el fallo se refiere a la constante amenaza entre Pluna y Ancap, dado que la estatal había advertido que cortaría el suministro de combustible en caso de no pagar. El tribunal de la Ciadi establece que esta situación era conocida tanto “por Ancap, como también por la auditoría del Estado”. “No solo toleraba esta facilidad de caja, sino que la aceptaba tácitamente”, agrega con respecto al papel del Estado. 

Esta “facilidad” de la que habla el fallo fue “bruscamente interrumpida en mayo de 2012”. “La evidencia indica que este cambio repentino de actitud fue impulsado por el mismo presidente [José] Mujica”, agrega el documento. 

El tribunal hace especial mención a la tensión entre Pluna y el gobierno, que se transparentaba en aquel entonces a través de los medios de comunicación. “Dañó la imagen de la empresa e impidió la concreción de cualquier esfuerzo para mejorar la situación financiera de la aerolínea”, indica el documento. 

De esta manera, el gobierno “incurrió en actos violatorios del estándar de trato justo y equitativo”. “Las actuaciones, además de haber sido contradictorias y erráticas, también eran gravemente imprudentes”, añade el tribunal. 

El fallo recoge una serie de noticias del momento, como por ejemplo cuando el exministro de Economía Fernando Lorenzo le confirmó a la Justicia que Mujica le pidió que hablara con el empresario Juan Carlos López Mena sobre la posibilidad de que se sumara a Pluna. 

“Desde finales del mes de mayo, principios del mes de junio en adelante, yo mantuve contacto, a pedido del Presidente de la República, con el Sr. López Mena. La razón de esto era que cuando conocimos la gravedad de la situación económico-financiera de Pluna, el Señor Presidente me pidió que concurriera a reunirme con el Sr. López Mena para evaluar y verificar si existía alguna posibilidad de que él fuera el inversor privado que necesitaba la empresa”, sostuvo Lorenzo en ese entonces, de acuerdo al documento.

Si bien Mujica había optado por liquidar la empresa, Lorenzo afirmó a los accionistas que podía “intentar que el presidente mantuviese a Pluna operativa si los socios privados entregaban sus acciones al Estado uruguayo gratuitamente para facilitar el ingreso de un nuevo socio”, hecho que es negado por la defensa uruguaya, según el fallo.

La parte demandante, Larah, asegura que ante la negativa de optar por la posibilidad que daba Lorenzo, Pedro Apezteguía —en ese momento director general— reaccionó violentamente y aseguró que si se iban del país las autoridades nacionales enviarían a Interpol para detenerlos y hacerlos “tiritas”. 

Apezteguía negó este hecho, según el documento, y aseguró que la relación entre ellos “era cordial y de confianza”. 

Finalmente, Larah pidió condenar a Uruguay por un total de US$ 861.506.778 que se suman a los intereses “calculados hasta el día del pago”; además, Uruguay debía hacerse cargo de pagar todos los costos de arbitraje. 

El monto final que muestra el fallo es de unos US$ 30 millones, pero se aplican intereses de 2007 por US$ 5 millones, 2008 de US$ 10 millones y 2010 por US$ 15 millones. Esto por fuera de US$ 500.000 por cada mes que no se pague la deuda. 

Sumando otros gastos “operativos” por representación, pago de expertos y consultores, la cifra final asciende a US$ 80 millones.

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