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Política

En el principio fue el verbo

El porqué del veto de Lacalle a exoneraciones tributarias para medios que salen en papel

El presidente sostuvo que existen “situaciones disímiles” entre empresas y ese tipo de iniciativas son competencia privativa del Ejecutivo.

26.10.2023 19:44

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2023-10-26T19:44:00-03:00
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Montevideo Portal

Además de los vetos a cuatro artículos de la Rendición de Cuentas referidos a la inhibición para los exfiscales penales y a la habilitación de carnicerías del interior por parte de las intendencias departamentales, el presidente la República, Luis Lacalle Pou, observó de forma total un quinto artículo que planteaba la exoneración de tributos a medios de prensa escrita que salen en papel.

Así como informó Montevideo Portal, la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda del Senado había aprobado un aditivo en la Rendición de Cuentas que establecía modificaciones al artículo 110 del título 3, ampliando las exoneraciones tributarias (incluidos los aportes patronales) para empresas periodísticas “cuya edición se realice en papel o mediante la combinación continua o alternada de dicho soporte físico con reproducciones digitales transmitidas en forma telemática o mediante a aplicaciones informáticas”.

La normativa brindaba beneficios en lo impositivo a medios de prensa escrita que son publicados en formato papel: El País, los semanarios Búsqueda y Brecha, Voces, Caras y Caretas, Crónica, entre otras publicaciones de circulación departamental o nacional.

El reclamo al gobierno de algunos de estos medios data de varios años, con el fundamento de que existe una coyuntura compleja en lo económico para los medios masivos de comunicación después de la irrupción de las tecnologías de la información, especialmente con relación a los recursos que reciben tras una caída de la inversión publicitaria, entre otros factores.

Sin embargo, Lacalle Pou decidió observar “en forma total” el artículo 578 del proyecto de ley y argumentó: “El Poder Ejecutivo considera que la redacción de la norma podría no ser beneficiosa, desde el punto de vista tributario, para el total de las empresas, las cuales muchas de ellas se encuentran en situaciones disímiles. En este sentido, y al tratarse de una iniciativa privativa del Poder Ejecutivo, se entiende conveniente observar, en esta instancia, dicho artículo”.

Este último punto ya había sido advertido por el senador del Frente Amplio Charles Carrera cuando se discutió el artículo propuesto por el oficialismo.

El legislador del Movimiento de Participación Popular se refirió al artículo 113 de la Constitución, que establece que las exoneraciones impositivas son iniciativa privativa del Poder Ejecutivo.

“Requerirá la iniciativa del Poder Ejecutivo todo proyecto de ley que determine exoneraciones tributarias o que fije salarios mínimos o precios de adquisición a los productos o bienes de la actividad pública o privada. El Poder Legislativo no podrá aumentar las exoneraciones tributarias ni los mínimos propuestos por el Poder Ejecutivo para salarios y precios ni, tampoco, disminuir los precios máximos propuestos”, señala la Constitución de la República en dicho artículo.

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